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Autor: Calabuig Revert, J. José

Título: Procedimientos judiciales eclesiásticos según las normas generales del Codex Iuris Canonici y las particulares de algunos tribunales especiales.

Formato: 1 volumen

Páginas: 699

ISBN: 978-84-96579-45-3

Precio: 50.41 Eur.

Reune esta obra todo el derecho procesal canónico a la luz del Codex Iuris Canonici y la jurisprudencia. En sus dos tomos se recogen las particularidades del procedimiento ordinario y del criminal, definiendo instituciones que suelen resultar de difícil comprensión a quien no está familiarizado con la materia. Así, se desarrollan temas como la competencia de los tribunales o las personas hábiles para comparecer en un juicio. También se definen las figuras del Juez Sinodal, el fiscal y defensor del vínculo, el notario o los alguaciles eclesiásticos. Del mismo modo, resultan esclarecedoras las nociones que nos aporta sobre un tema debatido y poco conocido en la actualidad como es el procedimiento en las causas de herejía.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN. (p.1)

Advertencias. (p.1)

PARTE PRIMERA

Prenotandos.

1. Naturaleza y definición de los procedimientos eclesiásticos.

2. Periodos más salientes.

3. División del procedimiento eclesiástico.

4. Autos. (p.3)

II

1.Noción.

2. Fundamento.

3. Partes del juicio.

4. División del juicio eclesiástico.

5. Antigua disciplina de la Iglesia. (p.5)

III

1. La Iglesia, sociedad independiente.

2. Objeto propio y acumulativo.

3. Prevención.

4 . Lugar en que se administra la Justicia.

5. Días y horas.

6. Artículos de la ley civil. (p.9)

IV

Personas htibiles para comparecer en juicio.

1. Quiénes pueden comparecer en juicios eclesiásticos.

2. Cuándo pueden los menores comparecer por sí.

3. Pueden comparecer los religiosos?

4. Cómo comparece el Ordinario.

5. Idem los beneficiados.

6. Quiénes no pueden comparecer.

7. Habilitaciones de la ley de Enjuiciamiento civil para comparecer en juicio.(p.12)

V

1. Personas necesarias en el juicio.

2. Cualidades del juez.

3. Cómo ha de fallar en las graves dudas.

4. Juez ordinario y juez delegado.

5. Actor.

6. Demandado. (p.15)

VI

1. Competencia y jurisdicción.

2. Cómo se determina.

3. Competencia absoluta y relativa.

4 . Competencia extraordinaria.

5. Ámbito de la competencia.

6. Competencia por derecho civil. (p.18)

VII

1. Fuero por reconvención y por privilegio.

2. Idem necesario y libre.

3. El privilegium fori en la antigüedad y en nuestra legislación actual. (p.21)

VIII

1. Poder judicial de la Iglesia.

2 Tribunal.

3. Distinción jurídica de los Tribunales.

4. Tribunales coordinados.

5. Auxilio mutuo entre los Tribunales.

6. Tribunal primacial del Papa.

7. Razón de ser de los Tribunales escalonados.

8. Supremos Tribunales. (p.25)

IX

Tribunal ordinario de primera instancia.

Del juez con facultad ordinaria.

1.Personas que intervienen en juez.

2. Competencia del juez.

3. Colegio de jueces los juicios.

X

Del provisor

1. Provisor.

2. Condiciones que ha de reunir.

3. Atribuciones de que está dotado.

4. Juramento que ha de prestar y autoridad de sus decisiones.

5. El provisor con el Obispo, único Tribunal.

6. Cuándo cesa el provisor en su cargo.

7. Fórmulas de nombramiento de provisor.

8. Fórmula de sustitución del provisor en la Curia .

9. Otra de elegir por provisor a un Obispo .

10. Otras fórmulas. (p.33)

XI

Del juez delegado en general.

1. Juez delegado.

2. Sus atribuciones.

3. Condiciones.

4. Publicación del nombramiento.

5. Deberes del juez delegado.

6. Cesación en el cargo.

7. Fórmula de nombramiento de juez instructor delegado.

8. Fórmulas breves de delegación.

9. Fórmulas de presentación del Breve Pontificio. (p.44)

XII

1. Jueces sinodales.

2. Jueces prosinodales.

3. Tribunales colegiados de estos jueces y causas en que entienden.

4. Asesores del juez único. (p.50)

XIII

Auditores en general y relatores.

1. Auditores o jueces instructores.

2. Sus condiciones y deberes.

3. Qué hay que observar para rechazar a un juez instructor.

4. Asistencia del actuario.

5. Ponentes o relatores. (p.53)

XIV

El fisca1 y el defensor del vínculo.

1. Fiscal.

2. Condiciones.

3. Nombramiento. -

4. Deberes.

5. Qué ha de manifestar la acusación fiscal.

6. Remuneración del fiscal y cesación en su cargo.

7. Quiénes pueden imponerle correcciones.

8. Defensor del vínculo.

9. Fórmula de nombramiento de promotor fiscal. (p.56)

XV

Del notario eclesiástico.

1. Notario.

2 .Su nombramiento y cualidades que han de distinguirle.

3. Juramento del notario.

4. Deberes del notario.

5. Extremos a que se refiere el juramento del notario.

6. Otras cosas que hay que advertir.

7. Fórmula de nombramiento de actuario.

8. Fórmula para nombrar sustituto al actuario. (p.61)

XVI

De los alguaciles eclesiásticos.

1. Alguacil .

2. Fe que merece.

3. Sus deberes.

4. Fórmula de nombramiento de alguacil. (p.66)

PARTE SEGUNDA

XVII

Del Tribunal ordinario de la segunda instancia.

1. Qué es la apelación.

2. Diversas clases de Tribunales de apelación.

3. Cómo debe constituirse el Tribunal de apelación.

4. Causas que deben ser vistas colegialmente. (p.68)

XVIII

De los Tribunales ordinarios de la Santa Sede.

De la Sagrada Rota Romana.

1.Tribunales extraordinarios.

2. Rota Romana.

3. Ámbito de la jurisdicción del Tribunal de la Rota Romana.

4. Número de auditores y modo de proceder.

5. Procedimiento rotal.

6. Cuándo no debe acudirse a la Rota.

7. Casos de duda.

8.Condiciones y elección de los auditores.

9. A la Rota se acude siguiendo el orden de los Tribunales. (p.70)

XIX

De la Signatura Apostólica.

1. Fuentes del Derecho de este Tribunal.

2. Su constitución.

3. Asuntos en que entiende.

4. Procedimiento contra los auditores

5. Cómo juzga en otras excepciones.

6. Autoridad de sus sentencias.

7. Por qué se regula su procedimiento y deberes del prefecto. (p.75)

XX

De la Sagrada Congregación del Santo Oficio.

1. El Santo Oficio

2. Modo general de proceder.

3. Cómo comienza la Inquisición.

4. Personal de que consta y sus atribuciones

5. Objeto de sus Congresos.

6. Fuerza de sus decisiones. (p.78)

XXI

Del procedimiento en las causas de herejia.

1. Inquisidores natos.

2. Necesidad de la citación.

3. Prueba del delito.

4. Precauciones para condenar.

5. Hereje sospechoso. (p.81)

XXII

Del procedimiento en las causas de solicitación.

1. Cuando no se emplea procedimiento judicial.

2. Juez competente.

3. Formulario oficial y modo de proceder. (p.83)

XXIII

De los Tribunales privilegiados.

1. Legislación vigente.

2. Jurisdicción palatina.-

3. Jurisdicción eclesiástica castrense.

4. Sobre las apelaciones de sentencias de los Tribunales castrenses.

5. Tribunal de las Órdenes Militares.

6. Primacía del fiscal de la Rota. (p.91)

XXIV

Del Supremo Tribunal de la Rota Española.

1. Origen del actual Tribunal de la Rota.

2. Breve de concesión. (p.101)

XXV

Organizacióna del Tribanal de la Rota Española.

1. Número de auditores de que se compone.

2. A quién corresponde su nombramiento.

3. Facultades del Tribunal de la Rota.

4. De qué Tribunales extraordinarios se apela a la Rota.

5. Objeto de este Tribunal, según los Breves Apostólicos.

6. Negocios en que entiende. (p.107)

XXVI

Modo de proceder de la Rota Española.

1. A quién se apela en España de los Tribunales ordinarios.

2. A quién comete la Rota el conocimiento de los asuntos.

3. Traslado a las partes y actuación del ponente.

4. Señalamiento de la vista y sentencia.

5. Notificación, nueva apelación y nueva comisión.

6. Mención de jueces en los terceros y cuartos turnos.

7. Asistencia de supernumerarios.

8. Cuándo se publica la sentencia por Secretaría. (p.110)

XXVII

Modo de proceder de la Rota Española. (Continuación.)

1. A qué causas asiste el fiscal.

2. Idem el defensor del vínculo.

3. Cómo asiste el fiscal en las causas contenciosas.

4. Devolución de autos v orovidencia multando.

5. Número de rebeldías.

6. Despachos ejecutoriales.

7. Quién y cuándo los expide.

8. Cómo se decreta el despacho por el Tribunal.

9. Cuándo se rubrican por el secretario solamente y cuándo por los auditores.

10. Intervención del Nuncio: segundos y sucesivos turnos. (p.112)

XXVIII

De los recursos de la Rota a Roma.

1. Recursos a Roma.

2. Razón de ello.

3. Conveniencia de mantenerlos.

4. Materia de recursos.

5. Plazo y trámite de las apelaciones rotales.

6. Terceros y cuartos turnos.

7 Decreto del Cardenal Sr. Rampolla. (p.114)

XXIX

La Rota española después de la promulgación del Código.

1. ¿Introduce alguna modificacibn el Código en este Supremo Tribunal?

2. Preces que elevó la Rota al Papa en 1918.

3. Contestación a las antedichas preces del cardenal secretario de Su Santidad.

4. Nueva contestación del mismo cardenal secretario de Estado de Su Santidad a reiteradas preces del Tribunal de la Rota. (p.126)

XXX

Del Tribunal delegado.

1. Noción del delegado.

2. Clases en que se divide.

3. Observaciones acerca del juez delegado.

4. De cuántas maneras puede delegarse a varios la causa judicial.

5. Cómo se constituye el Tribunal delegado.

6. De qué ministros pueden o deben usar los jueces delegados. (p.129)

PARTE TERCERA

XXXI

De la disciplina qne hay que observar en los Tribunales.

1.Capítulos comprendidos entre los cánones 1608 y 1645.

2. Deberes del juez requerido antes de empezar el juicio.

3. ¿Ha de de ser instado el juez para proceder?

4. ¿Pueden eternizarse las causas en los Tribunales eclesiásticos?

5. Deber de jurar.

6. Idem de guardar secreto.

7.Idem de no recibir regalos. (p.131)

XXXII

Del orden de las cosas que hay que conocer.

1. Noción del orden de conocer.

2. Orden en conocer las causas inconexas.

3. Cuándo hay que proponer las excepciones dilatorias.

4. Cuándo se presentan las excepciones perentorias.

5. Cuándo y cómo hay que conocer las acciones reconvencionales

6. Cuándo hay que conocer la cuestión prejudicial.

7. Noción de las cuestiones incidentales. (p.133)

XXXIII

De los litigantes y de los autos.

1. Quiénes deben estar presentes en el juicio.

2. En qué lengua deben estar escritas las actas y demás alegatos en orden al juicio eclesiástico.

3. Injustificado abuso de las leyes civiles en sustitución de las eclesiásticas.

4. Preferencia en los Tribunales eclesiásticos del empleo de las fórmulas latinas sobre las del Derecho civil.

5. Numeración y otros escritos de los folios.

6.Remisión de autos a los Tribunales superiores. (p.135)

XXXIV

De las partes de la causa,

1. Personas necesarias en el juicio.

2. ¿Es actor el denunciante?

3. Quiénes pueden ser actores en el juicio.

4. Deber del acusado citado.

5. ¿Caben muchos actores en una misma causa?

6. Persona física y persona moral.

7. ¿Puede haber varios acusados en una misma causa?

8. Acusado obligado y acusado voluntario.

9.¿Qué incumbe al actor?

10. ¿Qué al acusador? (p.138)

XXV

De los abogados y procuradores.

1. Abogado.

2. Procurador.

3. Quiénes pueden ser abogados.

4. Quiénes procuradores.

5. Condiciones del mandato.

6. Conveniencia y necesidad de procurador y abogado.

7. Pericia que se les exige.

8. Cuándo cesan.

9. Artículos de la ley de Enjuiciamiento civil relativos a la intervención de abogados y procuradores en los asuntos judiciales. (p.140)

XXXVI

De las acciones y excepciones.

1. Acción.

2. Clases de acciones.

3.Como se entablan.

4. Excepción.

5. Clase de excepción.

6. Cuál debe ponerse primero.

7. Cúmulo de demandas.

8. Acciones petitorias y posorias.

9. Cesación de las acciones. (p.145)

XXXVII

Del secuestro, inhibición del ejercicio de derechos, denuncia de obra nueva y ruinosa.

1. Secuestro o depósito judicial e inhibición en el ejercicio de derechos.

2. Pueden estas acciones conocerse y decretarse de oficio sus efectos por el juez.

3. Cuándo el secuestro y la suspensión de los derechos no pueden decretarse.

4. A quién, con qué título y contra quién compite la acción por denuncia de obra nueva.

5. A qué se obliga el acusado por esta acción.

6. Quién, contra quién y ti qué hay derecho por esta acción.

7. Con qué título, a quién, a qué y contra quién se concede la acción de nulidad de los actos.

8. Cuándo se tiene la nulidad del acto.

9. Cuándo puede declararse de oficio esta nulidad. (p.149)

XXXVIII

De las acciones rescisorias y de la restitución "in integrum"

1. Noción y división.

2. Error sustancial o determinante.

3. Diferencia entre el simple error y el error doloso.

4. Noción de fuerza mayor y de miedo.

5. Por quién y con qué motivo puede usarse el derecho de acción rescisoria por miedo o dolo.

6. Qué es la restitución in integrum.

7. De quién y cuándo debe solicitarse.

8. Quiénes pueden pedirla.

9. Cuadrienio útil para impetrar este remedio.

10 Se da este beneficio contra los actos no rescindibles.

11. Noción de la acción reconvencional

12. En qué causas puede darse.

13. Ante qué juez, cuándo y de qué manera debe proponerse la reconvención. (p.151)

XXXIX

De los remedios posesorios.

1. Qué se entiende por interdicto.

2. Clases de interdicto.

3. Quién, acerca de qué cosas, con qué título, cómo y contra quién puede pedirse este interdicto.

4. Posesión y detención.

5 A quiénes se concede.

6 Condiciones que se necesitan.

7. Cosas en depósito y en alquiler.

8. En qué conviene la petición de herencia de este interdicto y en qué difieren.

9. Fórmula de la demanda.

10. Fórmula de sentencia. (p.155)

XL

Del interdicto de retener la posesión.

1. Qué es este interdicto.

2. Es de dos clases.

3. Acción de retener la posesión. A quién, cuándo y con qué título puede concederse.

4 . En qué tiempo y contra quién se admite esta acción.

5. Contra quién se concede este interdicto.

6. Qué cosas hay que probar.

7. Cómo han de ser las pruebas.

8. Para qué efectos se concede.

9. ¿Se admiten excepciones en este juicio?

10. Qué hay que notar cuando surge controversia entre dos acerca de quién ha de poseer.

11. Qué hacer cuando la posesión pro indiviso es imposible.

12. Fórmula del libelo.

13. Fórmula de sentencia. (p.159)

XLI

Del interdicto de recuperar la posesión.

1. Remedios de recuperar la posesión.

2. Al expoliado y al expulsado por la fuerza se le dan otros remedios.

3. El que expolia puede ser acusado contenciosa y criminalmente.

4. Qué es el expolio y de cuántas maneras puede demostrarse.

5. Fórmula de libelo.

6. Fórmula de sentencia.

7. Otra fórmula.

8. Cuándo prescriben las acciones de la Santa Sede.

9. Cuándo prescribe el derecho de las personas morales.

10. Cuándo las individuales.

11. Cómo expiran las acciones en lo contencioso y cómo en lo criminal.

12. Cuándo empieza a correr el plazo en las acciones contenciosas.

13. Prescripción en los delitos.

14. ¿Extínguese en lo criminal la acción contenciosa? (p.163)

PARTE CUARTA

XLII

Del juicio contencioso.

De la introducción de la causa.

Del libelo o demanda

1. La demanda o libelo fundamento del juicio.

2. Clases de libelo.

3. Qué es el libelo o demanda.

4 De cuántas partes consta la demanda.

5. Requisitos que ha de contener.

6. Fórmula del libelo.

7. Otra fórmula.

8. Otra fórmula.

9. Fórmula de la presentación del libelo.

10. Otra fórmula. (p.167)

XLIII

De la introducción de la causa. (Continuación.)

1. Cuándo y cómo debe el juez admitir o rechazar la demanda.

2. Qué ha de hacer el actor si el juez rechaza la demanda, y qué el juez si el actor la presenta de nuevo.

3. Qué remedio hay si el juez tarda en admitir o rechazar la demanda.

4. Cláusulas saludables del libelo.

5. Fórmula del decreto mandando que se aclare el libelo.

6. Otra fórmula.

7 Otra fórmula.

8. A qué obliga la demanda.

9. Libellus positionarius.

10. Decreto supletorio de la Iglesia.

11. Artículos de la ley de Enjuiciamiento relativos al acto de conciliación. (p.172)

XLIV

De la citación.

1. Qué es citación.

2 . De cuántas clases es.

3. Condiciones necesarias para que la citación sea válida.

4. Quién entiende en la citación cuando siendo clérigo el citado pasó de una a otra jurisdicción.

5. Por qué conceptos es nula la citación local.

6. Idem por razón del tiempo.

7. Cuándo es también inválida por razón de la forma .

8. Cuándo hay lugar a la citación.-9. Por quién, cómo y a quién hay que hacer la citación.

10. A quién se cita si el reo no administra.

11. Cuál es generalmente la citación y si puede reiterarse.

12. Qué forma se emplea para citar, cómo se ha de sellar y por quiénes ha de estar suscrita.

13. Formalidades que impone la ley de Enjuiciamiento para los emplazamientos civiles.

14. Resoluciones del Tribunal Supremo civil. (p.176)

XLV

De la citación. (Continuación.)

1. Doble cédula para la citación.

2. Por quién, a quién y en dónde se ha de entregar la cédula de citación.

3. Efecto de la citación por cédula al demandado que no quiera recibirla.

4. Cuándo, con qué autoridad y cautelas puede enviarse la cédula por correo.

5. Citación por edicto.

6. Deberes del alguacil con relación a la citación.

7. Cómo hay que acomodar a los demás actos judiciales las reglas de la citación.

8. Efectos de la citación legítima.

9. Legislación civil. (p.181)

XLVI

De la citación. (continuación.)

1.Cómo se convalida la citación nula.

2. Fórmula para la citación simple del demandado.

3. Fórmula de decreto de intimación judicial.

4. Otra fórmula.

5. Fórmula de crédito para probar que se abonó la deuda.

6. Fórmula de decreto de recepción de las letras comisionales.

7. Fórmula de citación inhibitoria.

8. Fórmula de decreto de apertura de los autos.

9. Fórmula de apertura del Breve de delegación con inhibición.

10. Fórmula de actuación por parte del actuario de la intimación personal hecha por el alguacil.

11. Fórmula de citación en el domicilio habitual.

12. Fórmula de citación intimada para referirse en el expediente. (p.184)

XLVII

De la copia de la demanda y demas escritos que han de ser entregados al demandado.

1. La copia de la demanda del actor se ha de entregar al demandado.

2. Cuándo será el decreto de concesión de copia.

3. La copia de la demanda se entrega al demandado mediante fianza.

4. La copia de otros escritos se entrega al demandado a cuenta suya.

5. La copia de las actas se da al actor y al reo.

6. Plazo deliberatorio.

7. Cuándo debe el demandado presentar sus excepciones.

8. Cuáles han de ser éstas.

9. Fórmula de decreto concediendo plazo.

10. Otra fórmula sobre lo mismo. (p.191)

XLVIII

De las excepciones dilatorias.

1. Qué son las excepciones dilatorias.

2. Diferencias entre las excepciones declinatorias y de incompetencia.

3. Por cuántos conceptos se declina el fuero.

4. Cuándo se da el decreto de remisión de la causa a su juez.-

5. Decreto de avocación de la causa a su fuero.

6. Excepciones dilatorias, según el Derecho civil.

7. Modo de proponer las excepciones por Derecho civil. (p.193)

XLIX

De las excepciones dilatorias que afectan a la persona del actor.

1. La legitimación de la persona es excepción dilatoria.

2 La excepción de legitimación de la persona no se admite a no ser que al actor se le prohiba comparecer en juicio.

3. ¿El actor puede ser coaccionado para nombrar procurador?

4. Decreto.

5. El mandato de procura puede impugnarse en determinado tiempo.

6. El procurador del actor que carece de mandato de procura no puede ser admitido.

7. Se declara por decreto que el procurador no es persona legítima.

8. Otro decreto con relación al reo.

9. Decreto de legitimación de la persona. (p.196)

L

De las excepciones dilatorias con relación al reo.

1. Cuántas y cuáles son las excepciones dilatorias relacionadas con el reo.

2. Fórmula de prestación de fianza.

3. Qué hay que notar acerca del término de notificación.

4. Decreto de concesión de plazo para comunicar.

5. Observaciones acerca de la alabanza como excepción dilatoria.

6. Fórmula de intimación del juicio.

7. Cuándo, cómo y de qué manera puede el juez proceder aquí ad ulteriora.

8. Decreto. (p.199)

LI

De las excepciones dilatorias relacionadas con la causa.

1. Cuántas son las excepciones dilatorias que afectan a la causa.

2. El libelo inepto hay que rechazarlo.

3. La oscuridad del libelo es también excepción dilatoria.

4. A qué obliga la tercera excepción dilatoria.

5. ¿Se concede el beneficio de pobreza a los clérigos?

6. Cómo hay que cambiar la solicitud según la cualidad y diversidad del hecho.

7. Fórmula de citación del delegado, acompañada de la fórmula de comisión. (p.203)

LII

De la contestación de la lite.

1. Qué es contestación a la demanda.

2. Forma de la contestación de la lite.

3. Cuándo se ha de ordenar la asistencia de las partes.

4. Por qué personas puede contestarse la demanda.

5. Cómo se establece la fórmula de las dudas.

6. Cuándo y cómo puede cambiarse la forma de los artículos.

7. Qué hay que notar aquí acerca de las causas criminales.

8. Por quién deben formularse las posiciones.

9. Caracteres de los artículos.

10. Anotaciones acerca del demandado.

11. Cuándo pueden recibirse las pruebas antes de contestar la demanda.

12. Efectos de la contestación de la lite.

13 Fórmula de decreto de contestación.

14. Otra fórmula .

15. Formalidades de la contestación a la demanda, según la ley civil. (p.207)

LIII

De la instancia de la lite.

1. Noción y período del juicio en que debe comenzar la instancia.

2. Interrupción de las instancias en general.

3. Interrupción de las instancias beneficiales.

4. Cuándo se interrumpe la instancia, cesando el procurador.

5. Cuándo se extingue la instancia

6. Cuándo puede el actor renunciar a la instancia.

7. A qué actos puede renunciarse. (p.212)

LIV

De las interrogaciones que hay que hacer en el juicio a las partes.

1. Interrogatorio general del juez.

2. A qué están obligadas las partes cuando el juez legítimamente las interroga.

3. Juramento de decir verdad.

4. Posiciones o artículos.

5. Forma externa de las posiciones o artículos.

6. Normas generales del interrogatorio.

7. Fórmula de interrogatorio.

8. Principio fundamental de la legislación moderna en orden al interrogatorio.

9. Fórmula del decreto en el que se declara que no consta de la culpabilidad del acusado.

10. Fórmula de decreto del juez. (p.218)

LV

De las pruebas en general.

1. Definición de la prueba.

2. Formalidades que se requieren para que la prueba sea legal.

3. División de las pruebas.

4. A quién incumbe el juicio acerca de la prueba.

5. Pruebas competentes en los procesos judiciarios.

6. Principales efectos de la prueba.

7. Qué prueba se necesita para tener a uno por reo.

8. A quién incumbe probar.

9. Cómo ha de ser la prueba en los juicios criminales y cómo en las causas pías. (p.222)

LVI

De las pruebas en general . (Continuación)

1. Escritura auténtica.

2. Presunción juris et de jure.

3. Indicios.

4. Presunción juris tantum, et juris et de jure.

5. Juramento supletorio.

6. Confesión judicial.

7. Notoriedad del hecho.

8. Pruebas ex lege et ex facto.

9. Cuándo no se necesita prueba . (p.226)

LVII

De la confesión de las partes.

1. Cuándo la confesión se llama judicial.

2. En qué asuntos y condiciones puede probar la confesión judicial.

3. Cuándo puede la parte revocar su propia confesión judicial.

4. Cuándo hay confesión extrajudicial y valor de ella en el juicio.

5. Equivalencia a la notoriedad.

6. Cautelas en admitir la confesión judicial.

7. Resoluciones del Tribunal Supremo civil sobre confesión judicial. (p.230)

LVIII

De los testigos y testimonios.

1. Solicitud del legislador al particularizar esta prueba.

2. Base de toda prueba testimonial.

3. Eficacia del testimonio.

4. Condiciones esenciales.

5. Testimonio de ciencia.

6. Testimonio de credulidad.

7. Testimonio de oídos.

8. Testimonio de fama. (p.233)

LIX

Presentación y examen de los testigos.

1. Deben ser citados los testigos para que prueben.

2. Los testigos deben jurar decir verdad.

3 . Extraordinaria importancia de la prueba testifical.

4 . Cuándo deben ser oídos los testigos.

5. Dónde deben ser examinados los testigos.

6. Qué deben hacer constar los testigos en el juicio para que prueben.

7. Cuándo ha de mandar el juez letras rogatorias.

8. Qué hacer si el testigo no puede presentarse.

9. De qué medios se usa para la citación.

10. Qué persona conviene notifique la citación.

11. Libertad del citado si el juez no prueba su delegación.

12. Aviso al citado cuando hay que acudir a su domicilio.

13. Fórmula de citación a los testigos.

14. Otra fórmula.

15. Fórmula de relación.

16. Fórmula de citación de la parte para que conozca el juramento de los testigos.

17. Fórmula de juramento del testigo.

18. Decreto de admisión de testigos. (p.236)

LX

De los testigos y testimonios. (Continuación.)

1. Normas canónicas en la admisión de testigos.

2. Valor de un solo testimonio.

3. Subdelegación para recibir el testimonio.

4. Asistencia del actuario.

5. A quién incumbe proponer pruebas, preguntas y repreguntas.

6. Decreto ordenando el examen de testigos ilustres.

7. Decreto de examen de testigos ausentes.

8. Decreto limitando el número de testigos. (p.241)

LXI

De los testigos y testimonios. (continuación.)

1. Delegación al juez para inflingir censuras.

2. A quién no se debe deferir el juramento.

3. Testigos clásicos.

4. Testimonio escrito.

5. Careo de testigos.

6. Función del actuario.

7. Número de testigos.

8. Cuándo no bastan dos testigos.

9. Deposición de un testigo enemigo.

10. Fórmula del decreto que se ha de enviar a las partes acerca de la deposición de los testigos.

11. Otra fórmula.

12. Intimación a la parte. (p.244)

LXII

De los testigos y testimonios. (Prosigue.)

1. Testigos ad perpetuam rei memoriam.

2. Cuándo pueden los testigos ser compelidos para testificar.

3. Cómo se ha de emitir el testimonio.

4. Integridad absoluta del acta.

5. Testigo falso.

6. Testimonio cierto.

7 . Decreto de testigos ad aeternam rei memoriam.

8 . Decreto de examen de dichos testigos. (p.247)

LXIII

Del modo de examinar a los testigos.

1. Lugar del examen.

2. Asistencia de las partes al juramento de los testigos.

3. Información del argumento de ciencia.

4. Modo de proceder en el examen.

5. Ejemplo de preguntas.

6. Cautelas en el interrogatorio.

7. Contraste de las respuestas del testigo.

8. Fórmula para la deposición de un testigo de otra diócesis .

9. Fórmula en forma comisoria para recibir la deposición de un testigo diocesano. (p.250)

LXIV

Del modo de examinar a los testigos. (continuación.)

1. Circunstancias a que ha de referirse el interrogatorio a los testigos.

2. Prohibición absoluta.

3. Incapacidad para continuar el proceso.

4. Preguntas inciertas.

5. Necesidad del juramento y su alcance.

6. Interrogatorio a un testigo de cargo.

7. Conclusión del examen .

8. Fórmula que se emplea cuando se interrumpe el examen.

9. Idem al reanudarlo.

10. Idem para recibir un testimonio en el domicilio del testigo. (p.255)

LXV

De los peritos y del reconocimiento judicial.

1. Noción de los peritos.

2 . Alcance de la pericia.

3. Fuente de la pericia es el decreto del juez.

4. Idoneidad de los peritos.

5. Incumbencia de las partes y del juez.

6. Casos especiales de prueba pericial.

7. Reconocimiento judicial.

8.Circunstancias que hay que notar acerca del reconocimiento judicial.

9. Fórmula verbal de aseveración de pericia con juramento. (p.259)

LXVI

De la publicación y reprobación de los testigos.

1. En que casos y causas se han de publicar los testimonios.

2. Efecto de la publicación en cuanto a la repulsa.

3. Fundamento del derecho de publicación de testigos y testimonios.

4. Concesión de plazo y obligación del juez.

5. Cómo y cuándo hay que rehusar la repulsa.

6. Requisitos para admitir los testigos ya oídos.

7. Derecho del juez a exigir un depósito.

8. Decreto de publicación de testimonios.

9. Otra fórmula.

10. Decreto de repulsa.

11. Decreto de publicación de la repulsa.

12. Fórmula de instancia del Fisco para condenar a los testigos.

13. Otra fórmula.

14. Fórmula de sentencia imponiendo una multa a los testigos.

15 Fórmula de relación en las causas criminales. (p.262)

LXVII

De la prueba documental.

1. Documentos públicos.

2. Documentos privados.

3. Cuándo los documentos príblicos se consideran genuinos.

4. De cuántas maneras puede proponerse el reconocimiento de la escritura.

5. Cuándo y qué documentos hay que presentar.

6. Impugnación de documentos.

7. Fe que merecen y estudio hábil que de los mismos ha de hacer el juez.

8. En qué condiciones prueba el documento privado.

9. Qué fe merecen los documentos viciados.

10. Fórmula de confrontación de escritos.

11. Fórmula de cotejo de cartas.

12. Clasificación de los instrumentos por nuestro derecho patrio.

13 De la eficacia de los documentos públicos en juicio.

14. Eficacia de los documentos privados en los juicios. (p.268)

LXVIII

De Ias presunciones.

1. Definición y división.

2. Cuándo se admite prueba directa y cuándo indirecta.

3. Efecto probatorio de la presunción.

4. Presunciones que hay que tener en cuenta.

5. Decisiones del Tribunal Supremo civil sobre las presunciones y sospechas. (p.275)

LXIX

Del juramento de las partes.

1. Justificación del juramento.

2. Juramento supletorio.

3. Cuándo hay lugar y cuándo no a este juramento.

4 A qué es debida la prestación de este juramento, a quién debe ofrecerse y quién debe decidirla.

5 Puede recusarse e impugnarse el juramento supletorio.

6. Qué es y cuándo se presta el juramento estimatorio.

7. Modo de proceder en el juramento estimatorio

8. Cuándo, en qué estado de la controversia y cómo puede prestarse el juramento decisorio.

9. Eficacia de las tres clases de juramento.

10. Cuándo no puede prestarse este juramento.

11. Observaciones acerca del juramento decisorio.

LXX

De las cansas incidentales.

1. Carácter en el Codex de la causa incidental.

2. Cuándo tiene lugar la causa incidental.

3. Doble manera de proponer las causas incidentales.

4. Deliberación del juez antes de admitir la causa incidental.

5. Quién y cómo ha de estimar la forma de resolver la causa incidental.

6. El decreto judicial de definición o rechazo de la causa incidental, ¿ha de estar razonado?

7. Circuntancias en que puede el juez corregir o reservar la sentencia interlocutoria.

8. Disposiciones del Derecho civil español sobre incidentes.

9. Resoluciones del Tribunal Supremo civil sobre incidentes. (p.282)

LXXI

De la contumacia.

1. Noción y clases de contumacia.

2. Condiciones.

3. Por quién y a petición de quién puede declararse la contumacia.

4. ¿Puede el juez conminar con penas eclesiásticas?

5. El reo que se aparta de la contumacia antes de la sentencia definitiva puede ser admitido con cautelas.

6. Qué remedio queda después de la sentencia definitiva al reo contumaz.

7. Reglas para el reo contumaz en el decurso del juicio.

8. Fórmula de citación al reo contumaz.

9. Otra fórmula de citación única. (p.285)

LXXII

De la contamacia. (Continuación.)

1. Cuándo y a instancia de quién puede declararse la contumacia del actor.

2. Cómo y cuándo, declarada la contumacia del actor, se extingue su derecho a proseguir la instancia.

3. Quién, si es declarado contumaz, ha de pagar las costas.

4. Fórmula de una sola citación .

5. Fórmula de dos citaciones.

6. Fórmula de citación sobre la liquidación del instrumento.

7. Fórmula de contumacia.

8. Decreto sobre liquidación del instrumento.

9. Fórmula de letras ejecutorias.

10. Decreto contra la contumacia, equivalente a confesión. (p.289)

LXXIII

De la intervención de tercero y de los atentados.

1. Intervención de tercero según la ley.

2. Tiempo útil para intervenir.

3 . Noción del atentado judicial.

4. Diversa manera de proponer la demanda incidental.

5. Cuándo y en qué forma hay que tratar la cuestión del atentado.

6. Cuándo puede obligarse al autor del atentado a revocarlo e indemnizar.

7. Fórmula de sentencia revocando los atentados.

8. Fórmula de mandato para ejecución de sentencia de los atentados. (p.294)

LXXIV

De la conclusión “in causa" y de la discusión de la misma.

1. Publicación del proceso.

2. Cómo ha de constar la conclusión in causa.

3. Reanudación del período instructorio y concesión de suplemento.

4. Debate.

5. Réplicas, etc.

6. Informaciones privadas.

7. Renuncia a la discusión.

8. Fórmula de decreto de conclusión en las causas.

9. Otra fórmula. (p.298)

LXXV

De la sentencia.

1. Definición de la sentencia.

2. Clases de sentencia.

3. Subdivisión de la sentencia interlocutoria.

4. Distinción entre la sentencia interlocutoria y la definitiva.

5. Objeto de la sentencia definitiva.

6. Cualidades de idem.

7. Efectos de la misma.

8. Fórmula de sentencia absolutoria.

9. Fórmula de sentencia definitiva condenatoria.

10. Idem absolutoria.

11. Otra fórmula. (p.301)

LXXVI

Páginas.

De la sentencia. (Continuación.)

1. Cuándo debe darse por el juez la sentencia.

2. Señalamiento de día y hora, etc., para deliberar.

3. Conclusiones de cada uno de los jueces en el Tribunal Colegial.

4. Discusión moderada en idem.

5. Nueva reunión.

6. Eficiencia de la sentencia.

7. Orden general a seguir en la sentencia.

8. Tiempo para la publicación de la sentencia.

9. Sentencia nula.

10. Dónde debe estar el juez para imponer una censura ferendae sentenciae.

11. Efectos de la sentencia regular.

12. Efectos de la sentencia, según la ley civil.

13. Cesación del juez en la causa. (p.306)

LXXVII

Publicación de la sentencia.

1. Modo triple de publicar la sentencia.

2. Registro en las actas del día y la hora .

3. Otra forma legal de publicación de la sentencia

4. Derecho a copia de la sentencia.

5. Corrección material de la sentencia.

6. Fórmula para redactar la sentencia.

7. Fórmula de publicación de la sentencia.

8. Otra fórmula de publicación de la sentencia.

9. Fórmula de condenación en costas.

10. Otra fórmula de publicación de la sentencia

11. Relación de sentencia intimada.

12. Otra fórmula.

13. Otra fórmula de relación del alguacil.

14. Publicación de la sentencia, según la ley de Enjuiciamiento civil. (p.310)

LXXVIII

De la purgación canónica.

1. Cuándo tiene lugar la purgación canónica.

2. Comparecencia del difamado ante el juez.

3. Necesidad de sincerarse el acusado cuando se le imputa un crimen cometido por mediación de otra persona.

4. Fórmula de sentencia absolutoria.

5. Fórmula de sentencia de purgación canónica.

6. Otra fórmula de purgación canónica.

7. Otra fórmula de sentencia absolviendo al infamado. (p.315)

LXXIX

Del Tribunal ordinario de segunda instancia.

De los remedios juridicos contra las sentencias judiciales.

1. Remedios contra una sentencia.

2. Devolutivos y no devolutivos, suspensivos y no suspensivos.

3. Fin del proceso.

4. Sentencias que no llegan a tener autoridad de cosa juzgada. (p.320)

LXXX

Del remedio ordinario de la apelación

1. Cómo se combate una sentencia judicial.

2. Apelación.

3. Deber del procurador.

4 Apelación oral y escrita.

5. Cómo ha de ser la apelación y puntos que ha de comprender.

6. Motivos de apelación.

7. ¿Es apelable la sentencia del Papa?

8. Cuándo no se puede y cuándo se puede apelar.

9. A quién puédese ordinariamente apelar.

10. Sentencia notable de la Rota Española. (p.322)

LXXXI

Circunstancias de la apelación.

1. De quién y a quién se apela.

2. Actos del juez a que.

3. Aceptación de la sentencia .

4. Plazo para introducir y proseguir la sentencia

5 Fórmula de apelación escrita.

6. Fórmula de apelación de una sentencia interlocutoria.

7. Fórmula de apelación de un gravamen extrajudicial.

8. Fórmula de decreto cuando se dan letras reverenciales.

9. Idem cuando se dan letras dimisorias.

10. Idem cuando se dan letras refutatorias. (p.332)

LXXXII

Efectos de la apelación.

1. Efectos de Ja apelación.

2. De qué sentencias se puede apelar.

3. Casos de agravio irreparable.

4. Qué hay que expresar en la apelación de una sentencia interlocutoria.

5. Casos en que el juez ha de rechazar la apelación.

6. Apelación solamente in devolutivo.

7. Fórmula de sentencia de apelación desierta. (p.337)

LXXXIII

Actuación del Tribunal Superior.

1. Qué debe hacer el Tribunal que recibe la apelación.

2. Apelaciones que hay que recusar.

3. Cuándo ordena el juez de apelación que se instruya el proceso.

4. Constitución del Tribunal de apelación.

5. Designación de defensor para el que apela.

6. ¿Es obligatoria su aprobación?

7. Qué hay que decir acerca de las pruebas.

8 . Cuándo empieza la causa y cómo se desenvuelve.

9. Tribunal colegiado en las apelaciones.

10. Causas delegadas del Papa.

11. Fórmula para la remisión de los autos al juez de apelación.

12. Fórmula de sentencia en segunda instancia. (p.342)

LXXXIV

Del tiempo y otras circunstancias de la apelación.

1. Plazo para apelar de un Tribunal a otro.

2. Tiempo hábil para proseguir la apelación.

3. Facultades del juez ad quem.

4. Clases de apelación y cuáles han de recibirse.

5. La apelación y el juez a quo.

6. La apelación y el juez ad quem.

7. Recusación del juez a quo.

8. ¿Y si se duda de la validez de la apelación? (p.348)

LXXXV

De la queja de nulidad contra la sentencia.

1. Noción.

2. Cuándo es insanable la sentencia.

3. En qué procesos, por quién y contra qué sentencia puede tener lugar la queja de nulidad.

4. Casos en que una sentencia puede ser querellada.

5. Sentencia insanable y sanable.

6. En estos casos, ¿cuándo ha de proponerse?

7. Derecho de la parte si sospecha fundadamente del juez .

8. Quiénes y en qué instancia pueden proponer la queja de nulidad.

9. Efecto de la queja.

10. ¿Está sujeta a forma la queja?

11. Circunscripción o casación.

12. Consulta a Roma.

13. Efecto de la consulta.

14. Fórmula de comenzar el proceso ante el juez ad quem cuando se apeló de la sentencia definitiva.

15. Fórmula de sentencia cuando se apela de una interlocutoria.

16. Fórmula de sentencia sobre el valor de la apelación de una interlocutoria

17. Fórmula de sentencia que ha de pronunciar el juez ad quem.

18. Apelación de la sentencia según la ley de Enjuiciamiento.

19. Leyes civiles acerca de la apelación. (p.351)

LXXXVI

De la oposición de tercero y de la restitución

"in integrum".

1. Oposición de tercero.

2. Cuándo puede entablarse la tercería.

3. Distinta obligación según la instancia.

4. Restitución in in tegrum .

5. Cuándo se reputa la injusticia manifiesta.

6. Juez competente.

7. Efecto de pedir la restitución in integrum.

8. Decreto para ser oída la parte en la restitución que pide.

9. Decreto de restitucidn in inlegrum, con inserción de la sentencia definitiva. (p.360)

LXXXVII

Del recurso de fuerza.

1. El recurso de fuerza institución anticatólica.

2. Definición.

3. Distínguese del recurso de protección.

4. Pretexto inmediato. (p.364)

LXXXVIII

Sentencias con autoridad de cosa juzgada.

1. Cosa juzgada.

2. Condiciones.

3. Excepciones.

4. Cuándo una sentencia pasa a autoridad de cosa juzgada.

5. Causas que afectan al estado de las personas, etc.

6. Fuerza de una sentencia.

7. Sus efectos.

8. Fórmula. (p.365)

LXXXIX

De las expensas judiciales.

1.Quién debe pagar las costas.

2. Qué entidad debe establecer el Arancel.

3. Qué puede exigir el juez y qué el Fisco.

4. Costas en la apelación inútil y en el proceso criminal.

5. Distinción en la tarifa y división en las costas.

6. Observaciones.

7. Qué ha de pagar el vencido y qué el actor o el reo vencidos sólo parcialmente.

8. Qué hay que notar cuando muchos merecen castigo y qué cuando se apela de la causa principal.

9. Juez carente de ciencia y censura injusta.

10. En las causas criminales, Cqué ha de pagar el acusado?

11. Cuándo se pagan los gastos del proceso. (p.368)

XC

De las expensas judiciales. (Continuación.)

1. Lista de los gastos ocasionados en la causa N. por la parte N. de N. contra N. de N.

2. Fórmula de decreto de tasación de las expensas.

3 Fórmula de libelo.

4. Fórmula de sentencia.

5. Fórmula de publicación de la predicha sentencia.

6. Fórmula de libelo.

7. Fórmula de sentencia.

8. Fórmula de decreto, por el cual se decretan las predichas letras.

9. Otra fórmula.

10. Fórmula de citación.

11. Otra fórmula.

12. Decreto de la diputación del juez y del portador de las cartas.

13. Letras remisoriales que usa el Tribunal. (p.372)

XCI

Del patrocinio gratuito o de la disminución de expensas judiciales.

1. Derecho de los pobres al patrocinio gratuito.

2. Quiénes deben considerarse como pobres.

3. Qué ha de hacer el que quiera conseguir la exención o disminución de costas.

4. El juez se ha de cerciorar previamente para poder conceder el patrocinio gratuito.

5. También ha de designar abogado.

6. Artítulos de la ley de Enjuiciamiento civil relativos a la defensa por pobre. (p.377)

XCII

De la ejecución de la sentencia.

1. Valor de la sentencia.

2. Cuándo se ejecuta.

3. Excepción.

4. La sentencia firme no es título suficiente de ejecución.

5. Causa incidental.

6. Quién puede mandar la ejecución de la sentencia.

7. En qué sentido debe ejecutarse la sentencia.

8. ¿Es lícito al ejecutor entender en el mérito de la causa?

9. Qué hay que notar en cuanto a las acciones reales y personales

10. Moderación y orden que hay que guardar.

11. Qué hay que hacer al ejecutar una sentencia privativa de beneficio.

12. Uso de la facultad coercitiva del ejecutor.

13. Fórmula de decreto para ejecución de la sentencia.

14. Fórmula de mandato para ejecución de la sentencia.

15. Ejecución de la sentencia por derecho civil. (p.382)

XCIII

De los modos de evitar el juicio contencioso.

1. Cómo se resuelven privadamente las controversias en causa contenciosa.

2. Por quién y cuándo ha de autorizarse la transacción.

3. Normas que hay que seguir en la transacción.

4. En qué asuntos se prohibe la transacción.

5. Causas mixtas.

6. Árbitros.

7. Quiénes no pueden ser árbitros.

8 Fórmula para el acusado que implora el fin del proceso contencioso.

9. Qué hacer aceptada la composición.

10. Fórmula de decreto.

11. Otra fórmula.

12. La transacción y el compromiso en árbitros según el Derecho español.

13. Otros artículos de la ley de Enjuiciamiento. (p.387)

[INDICE TOMO II]

PARTE PRIMERA

Preliminares del proceso criminal.

1. Procedimiento de las causas criminales.

2. Objeto del juicio criminal.

3. Qué se entiende por crimen.

4. Vías para el procedimiento criminal .

5. Incumbencia del fiscal.

6. Responsabilidad en caso de proceso ilegal.

7. Incumbencia de los fieles.

8. Causas de injuria o difamación.

9. Qué ha de expresar el libelo del fiscal.

10. Incumbencia del Ordinario.

11. Fórmula de denunciación de un ministro curial.

12. Fórmula de denuncia de cualquier persona particular.

13. Fórmula de decreto para recibir la información.

14. Otra fórmula.

15. Fórmula de comenzar el proceso por denunciación u otra vía. (p.1)

II

De la acción acusatoria y de la denuncia.

1. Acción criminal o acusación.

2. Denuncia.

3. A quién y cómo compite la acusación.

4. Cuándo urge la denuncia.

5. Fórmula de libelo acusatorio.

6. Otra formula de acusación.

7. Fórmula de citación de testigos.

8. Otra fórmula.

9. Otra fórmula.

10. Fórmula de relación del alguacil.

11. Fórmula de presentación de alguien cogido infraganti. (p.6)

III

De la inquisición.

1. Cuándo se ha de llevar a cabo la inquisición especial.

2. A quién se encomienda generalmente la investigación.

3. El inquisidor ha de recibir la delegación para una causa concreta.

4. Prudente actuación del Ordinario.

5 Fórmula de edicto inquisitivo general .

6. Fórmula de edicto de inquisición especial.

7. Fórmula de iniciar el proceso el notario, cuando se procede por vía inquisitiva.

8. Fórmula de inquisición general en cuanto a las personas, y especial en cuanto al delito.

9. Otra fórmula de inquisición especial.

10. Fórmula de inquisición breve.

11. Fórmula de citación inquisitiva cúando se acompaña el testimonio de inquisición.

12. Fórmula de relación

13. Fórmula de citación simple.

14. Otra fórmula de inquisición.

15. Fórmula de citación sin acompañar la información. (p.10)

IV

De la corrección del delicuente.

1. Qué reo puede admitirse a recibir la corrección.

2. Origen y estado actual de la corrección judicial.

3 Cuándo no puede tener lugar la corrección judicial.

4. Cuántas veces puede haber lugar a la corrección.

5. En qué momento y dentro de qué límites puede emplearse.

6. Cuándo puede emplearse la correccion habiendo queja de daño.

7 Remedios de la corrección judicial.

8 . Inútil empleo de la corrección. (p.17)

V

Comienzo del proceso criminal mixto.

1. Fórmula con que se incoa el proceso.

2. Tramitación a seguir.

3. Deber del actuario.

4. Preguntas del inquisidor a las personas enteradas.

5. Personal a las órdenes del inquisdor.

6. Consulta al fiscal.

7. Entrega de lo actuado al Ordinario y contenido del decreto de éste. (p.20)

VI

De las pruebas.

1. Prueba principal.

2. Probabilidad moral.

3. Ejemplos clásicos.

4. Informaciones auténticas.

5. Formula para inscribir la inspección ocular.

6. Fórmula de delegación.

7 Diputación de peritos.

8. Fórmula que se ha de emplear cuando la ley civil prohibe la inspección.

9. Fórmula de inspección del cuerpo del delito.

10. Fórmula de examen de testigos para reconocimiento del delito en general.

11. Resoluciones del Supremo civil. (p.22)

VII

De la citación de testigos.

1. Necesidad de la citación.

2. Clases de citación.

3. Intimación juridica.

4. Dificultad en las pruebas testimoniales.

5. Precauciones que ha de guardar el defensor.

6. Condiciones del defensor.

7. Condiciones y fórmula de notificación.

8. Carta que acompaña al decreto.

9. Fórmula jurídica de decreto que se manda por el alguacil o por carta certificada.

10. Fórmula de citación perentoria.

11. Fórmula de citación para informar.

12. Otra fórmula.

13. Fórmula de citación para recibir copia de los artículos.

14. Fórmula de citación por edicto.

15. Fórmula de conclusión del examen de testigos para información de la Curia. (p.30)

VIII

Del acusado.

1. Derecho del acusado a ser oído en defensa propia.

2. Derechos consiguientes del acusado, en virtud de su propia defensa.

3. Personas privilegiadas.

4. Formalidad esencial.

5. ¿Está obligado el acusado a contestar la verdad, preguntado por el juez?

6. Qué clase de pruebas debe presentar el acusado.

7. Prueba principal.

8. Cuándo la confesíón es válida.

9. Efectos de la confesión judicial.

10. Conformidad del acusado.

11. Copia de lista de cargos.

12. Límites de la potestad del juez delegado en las causas criminales. (p.36)

IX

Del juramento.

1. Dificultad en admitir hoy el juramento en los procesos criminales.

2. Casos en los que ordinariamente se admite.

3. El juramento purgatorio como medio extraordinario.

4 Incumbencia del juez.

5. Personas privilegiadas.

6. Al acusado no se le debe someter al juramento de decir la verdad contra sí mismo.

7. Del juramente como medio de prueba y la confesión judicial según el Derechocivil. (p.39)

X

Del proceso judicial acusatorio,

1. Apertura del proceso público.

2. Cuándo comienza la actuación del Tribunal.

3. Quiénes no pueden ejercer cargos en el Tribunal.

4. Atribuciones del juez.

5. Aquién toca decidir si el proceso público es o no oportuno.

6. Presentación del nombramiento judicial.

7. Fórmula para añadir a las actas el decreto del juez.

8. Juramento del juez.

9. Antecedentes del decreto de citación.

10. Fórmula del decreto. (p.41)

XI

Del plazo para presentar posiciones y de la citación al fiscal y al acusado.

1. Finalidad de los términos.

2. Necesidad y número de éstos.

3. Prórroga a favor del acusado.

4. Deberes del actuario y del juez con relación a los artículos.

5. Cómo han de ser las posiciones.

6. El fiscal ha de redactar las posiciones y los artículos.

7. Fórmula para el actuario.

8. Citación del acusado y precauciones que la aseguran.

9. La citación interrumpe la prescripción odiosa.

10. Fórmula para el alguacil.

11. Necesidad de la citación al fiscal.

12. Qué hay que hacer en caso de contumacia del acusado. (p.44)

XII

Excepciones.

1. Depósito de dinero.

2. Nuevos términos.

3. Comienzo de la sesión.

4. Motivos de recusación.

5. Cuándo se recusa al juez.

6. Tiempo de proponer excepciones.

7. Invitación que hace el juez recusado para que jure el que excepciona.

8. Objeto de las excepciones.

9. Nulidad en los procedimientos.

10. Recusación perentoria sin prueba.

11. Alegación o prueba de tachas por Derecho civil. (p.48)

XIII

Excepciones. (Continuación.)

1. Incumbencia del juez ante la recusación.

2. Motivos de incapacidad judicial para un eclesiástico.

3. Sentencia nula.

4. Interrupción del proceso.

5. Excepcicín vacua.

6. Juez de la recusación.

7. Recusación del Ordinario.

8. En qué causas sólo el Obispo puede ser juez.

9. Efecto de la excepción.

10. Formula de excepción contra el juez.

11. Otra fórmula.(p.51)

XIV

De la contestación de la lite.

1. Invitación al fiscal.

2. Práctica vigente en muchas Curias.

3. En qué consiste, en las causas criminales la contestación de la lite.

4. Incumbencia del fiscal.

5. Fórmula para el actuario. (p.54)

XV

De la comunicación del proceso al reo.

1. Modo de comunicar al reo las deposiciones de los testigos.

2. Derechos del acusado.

3. Deberes del juez.

4. Publicación del proceso.

5. Copia del proceso.

6. Fórmula para el actuario.

7. Efectos de la publicación del proceso.

8. Fórmula de instancia pidiendo copia del proceso y la anotación correspondiente en las actas.

9. Fórmula del decreto del juez.

10. Decreto de publicación del proceso señalando término a la defensa.

l l. Otra fórmula.

12. Fórmula de declaración del reo para repetir y legitimar el proceso. (p.56)

XVI

Entrega al acusado de la copia de las actas.

1. Una sola publicación del proceso admite el Codex.

2. Presentación de nuevas pruebas por el fiscal.

3. Presentación de nuevos testigos después de publicado el proceso.

4. Comunicación al acusado de las nuevas pruebas.

5 Plazo para la defensa.

6. Presentación de las repreguntas.

7. Fórmula renunciando a la copia de las actas.

8. Fórmula por la que se acepta la oferta de copia. (p.61)

XVII

Legalización del proceso.

1. Modo de legalizar el proceso.

2. Qué importa la legalización.

3. Incumbencia del fiscal.

4. Precauciones en la confrontación personal.

5. Cuándo quedan legalizadas las declaraciones de los testigos.

6. Quién debe repetir a los testigos.

7. Confrontación de los testigos.

8. Derecho del acusado después de la legalización.

9. Modo de repetir el examen de los testigos.

10. Clases de confrontación.

11. Derecho del fiscal y del acusado a preguntar.

12. Fórmula para la confrontación oral.

13. Fórmula para la confrontación personal. (p.63)

XVIII

Del comienzo de la defensa.

1. Derechos del acusado.

2. Recusación por sospecha.

3. Testigos de defensa.

4. Qué hay que observar acerca de las excepciones.

5. Fórmula propuesta criminalmente.

6. Fórmula propuesta contenciosamente.

7. Disposiciones de la ley de Enjuiciamiento civil sobre la prueba testifical y el modo de hacerla. (p.68)

XIX

De los articulos presentados por el acusado.

1. Presentación del interrogatorio.

2. Excepciones, división y subdivisión.

3. Cuándo no se admiten las declinatorias.

4. Cómo deben presentarse.

5. Fórmula de interrogatorio para la repetición de testigos.

6. Fórmula para pedir la repetición de testigos acerca dc los artículos interrogatorios.

7. Fórmula de decreto corrigiendo el interrogatorio. (p.72)

XX

Admisión de los articulos del acusado.

1. Nulidad de la sentencia.

2. Testigos que fueron antes de cargo.

3. Al examen del testigo que fué de cargo no puede asistir el acusado.

4. Facultad del Tribunal para reservarse temporalmente la comunicación de testimonios al acusado.

5. Entrega de copia al acusado.

6. Fórmula para citar al acusado a presenciar el juramento.

7. Fórmula de repetición de testigos.

8. Fórmula para redactar una copia de las deposiciones de los testigos.

9. Fórmula de redacción y presentación de los articulos de defensa.

10. Fórmula para el examen de los testigos acerca de los artículos de defensa.

11. Fórmula de esta apelación.

12. Otra fórmula. (p.76)

XXI

Del examen de documentos presentados por la defensa.

1. Variedad en las pruebas.

2. Imparcialidad del juez.

3. Citas del actuario.

4. Nuevos artículos interrogatorios.

5. Deber del juez.

6. Idem del fiscal.

7. Anotación por el actuario.

8. Señalamiento de plazo y comunicación al fiscal.

9. Consecuencias de declarar el juez cerrado el plazo. (p.82)

XXII

Auto-defensa del acusado.

1. Nombramiento de defensor.

2. Necesidad de abogado defensor.

3. Motivos para rechazar al abogado defensor.

4. Derecho del abogado defensor.

5. Entrega del extracto con todas las actas al fiscal.

6. Juramento del abogado defensor.

7. Fórmula para el defensor que pide copia de las actas.

8. Fórmula para la entrega de copia.

9. Formula para autenticar las actas. (p.84)

XXIII

Plazo al defensor para estudio de la causa y examen de la misma por parte del fiscal.

1. Plazo suficiente.

2. Términos de dilaciones.

3. Denominación de ellos.

4. Distintas clases de términos.

5. Regulación de términos. según la distancia.

6. Incumbencia del fiscal .

7. Monición para alegar.

8. Entregas al defensor y al fiscal.

9. Requisitoria del fiscal.

10 Fórmula de decreto para el actuario.

11. Término probatorio según la ley de Enjuiciamiento civil.

12 Resoluciones del Tribunal Supremo civil. (p.87)

XXIV

De la defensa.

1. Transmisión de la requisitoria al abogado defensor y al fiscal.

2. Entrega de copia al defensor y al acusado.

3. El juez no puede llevar a su domicilio las actas originales.

4. Medios para que la defensa sea eficaz.

5. Quiénes intervienen en el proceso defensivo.

6. Comparecencia del procesado.

7 Derecho a nuevo examen.

8 Orden de la conclusión in causa

9. Fórmula de petición y concesión de prórroga.

10. Fórmula de apelación.

11. Fórmula de decreto. (p.90)

XXV

Presentación de la defensa y actuación del fiscal.

1. Clases de defensa.

2. Descripción de cada una de ellas.

3. Presentación de la defensa y asignación de plazo.

4. Entrega última al fiscal.

5. Contenido de la defensa.

6. Bosquejo práctico de la defensa.

7. Contestación del fiscal.

8. Ultima defensa.

9. Fórmula de defensa, v. gr., del crimen de homicidio. (p.94)

XXVI

Réplicas y dúplicas.

1. Gradación de los argumentas que eI abogado puede presentar.

2. Incumbencia del fiscal.

3. Idem del juez.

4. Fórmula para réplicas y dúplicas, etc.

5. Fórmula para cuando se presentan unos documentos.

6 Fórmula para cuando se presentan por parte del reo nuevas defensas. (p.98)

XXVII

De la conclusión ‘in causa,,.

1. Acuerdo del fiscal y del abogado ante el juez.

2 Facultad del juez.

3. Fórmula condenatoris del acusador o del fiscal.

4. Conclusión in causa.

5 Después de la conclusión para admitir pruebas precisa nuevo decreto.

6. Noción y división de la conclusión in causa.

7. Fórmula de decreto para la conclusión in causa. (p.101)

XXVIII

De la preparación de la sentencia y citación para oírla.

1. Examen judicial para sentenciar.

2. Motivos para que la sentencia sea escrita.

3. Deber de guardar el orden judicial.

4. Evidencia del delito para la conrienación.

5. Fórmula del decreto para la citación.

6. Otra fórmula de citación para la sentencia. (p.105).

PARTE SEGUNDA

DE LAS CAUSAS MATRIMONIALES

XXIX

Del fuero competente.

1. ¿A qué jueces compete el conocimiento de los negocios matrimoniales?

2. ¿Con qué derecho incumben al juez eclesiástico las causas matrimoniales, estrictamente tales entre bautizados?

3. Cuándo pertenecen al juez seglar y cuándo al eclesiástico, y con qué derecho las causîs atañentes a efectos matrimoniales meramente civiles.

4. Qué juez eclesiásico entiende en las causas matrimoniales: a), de las personas ilustres; b), del matrimonio rato y no consumado; c), relacionadas con el Privilegio Paulino.

5. ¿Puede un juez inferior instruir proceso?

6. Juez competente en las demss causas matrimoniales.

7. Moniciones que ha de hacer el juez cuando se acusa el matrimonio para revalidarle. (p.108)

XXX

Del Tribunal de las causas matrimoniales.

1. Cuidos deben ser los jueces.

2. En qué causas es necesaria la citación del defensor del vínculo.

3. Deberes del defensor del vínculo matrimonial.

4. Derechos del mismo. (p.112)

XXXI

Del derecho de acusar el matrimonio y de pedir la dispensa del rato.

1. Acusación que se necesita para que el Tribunal conozca las causas matrimoniales.

2. Personas hábiles para acusar el matrimonio.

3. Cuándo puede acusarse el matrimonio después de la muerte de entrambos cónyuges.

4. A quién compite el derecho de pedir la dispensa del matrimonio rato. (p.114)

XXXII

De las pruebas matrimoniales.

1. Consanguineos y afines testigos hábiles.

2. Testimonio de séptima mano.

3. En qué causas, cuándo y por quiénes se ha de verificar la inspección corporal.

4. Normas para la elección de peritos.

5. Condiciones para la inspección de la mujer.

6. Quién debe interrogar acerca de la relación presentada.

7. ¿Se requieren los médicos cuando falta el conocimiento por locura? (p.116)

XXXIII

De la publicación del proceso, conclusión de la causa y sentencia.

1. La publicación de los atestados no es esencialmente necesaria.

2. Cómo es lícito aportar nuevos testigos y oír de nuevo a los que ya depusieron.

3. Qué hay que notar acerca de las peroraciones del defensor del vínculo.

4. Límites de la competencia del juez instructor en las causas de dispensa del matrimonio rato y no consumado. (p.119)

XXXIV

De los pleitos de divorcio.

1. Obligación de los cónyuges.

2. El adulterio, causa principal para la separación.

3. Por quién puede promoverse el juicio de divorcio.

4. Tramitación de este juicio.

5. Diferencia entre los juicios de divorcio y los demás

6. Apelación de la sentencia.

7. Incidentes que pueden originarse. (p.121)

XXXV

De los pleitos sobre nulidad del matrimonio.

1.Quién puede promover este juicio.

2. Ministerio fiscal.

3. Quiénes no pueden pedir la nulidad del matrimonio.

4. Defensor del matrimonio.

5. Quiénes no pueden ser testigos en estos juicios.

6. No prescriben las acciones ni pasan a autoridad de cosa juzgada las sentencias de matrimonio.

7. Cuándo es lícito el nuevo matrimonio.

8. Cuándo puede entablarse el juicio de nulidad. (p.124)

XXXVI

De los impedimentos matrimoniales.

Impedimentos impediemtes.

1. Importancia de la jurisprudencia canónica concerniente al matrimonio

2. Qué se entiende por impedimento matrimonial: cuándo es impediente y cuándo dirimente.

3. Impedimento de ambos cónyuges o de uno solo.

4. Impedimentos públicos y ocultos.

5. Quiénes pueden contraer.

6. División de los impedimentos.

7. A quiénes obliga y quién puede auténticamente declararlos.

8. Antigua y moderna disciplina de la Iglesia sobre impedimentos.

9. Impedimentos mayores y menores. (p.127)

XXXVII

Continúan los impedimientos impedientes.

1 Impedimentos impedientes.

2. Voto solemne y simple.

3. Parentesco legal y zonas en que para este efecto se divide el mundo.

4. Impetiimento de mixta religión: cautelas y causas.

5. Prescripción para evitar la comunicación con los hercjes.

6. Obligaciones de los que ejercen cura de almas con relación a esta clase de matrimonios.

7. Abstención de contraer con los notoriamente apóstatas. (p.132)

XXXVIII

Impedimentos dirimentes.

1. Impedimentos dirimentes y restricciones del Codex.

2. Edad.

3. Impotencia antecedente y subsiguiente.

4. Impotencia dudosa esterilidad y carencia del aparato generativo post-vaginal.

5. Vinculo.

6. Privilegio Paulino.

7. No es lícito contraer nuevo matrimonio si antes no consta ciertamente de la libertad del contrayente. (p.136)

XXIX

Continuación de los impedimentos dirimentes.

1. Disparidad de cultos.

2. Orden sagrada.

3. Voto solemne.

4. Rapto.

5. Crimen.

6. Consanguinidad.

7. Afinidad.

8. Pública honestidad.

9. Parentesco espiritual. (p.140)

XL

Continuación de los impedimentos dirimentes.

1. Error.

2. Violencia y miedo

3. Defecto de presencia

4. Consentimiento condicional.

5. Clandestinidad. (p.146)

XLI

De las apelaciones y de los casos exceptuados de las reglas hasta aquí expuestas.

1. Deber del defensor del vínculo.

2. Derecho de los cónyuges, declarado nulo el matrimonio después de la segunda sentencia, si no se apela.

3. Deber del Ordinario decretada la nulidad del matrimonio.

4. Pueden ser tratadas de nuevo las causas matrimoniales?

5. Conocimiento cierto de impedimentos no dispensados.

6. Deber del defensor del vínculo.

7. Deber del juez de la otra instancia. (p.151)

PARTE TERCERA

XLII

De las causas contra la Sagrada Ordenación.

1. Clases de causas.

2. De cuántas maneras puede proponerse el defecto de intención como causa contra el Sagrado Orden.

3. De cuántos modos puede impugnarse la Ordenación.

4. Del juez competente.

5. Prescripciones a que ha de atenerse el defensor.

6. Sentencia y apelación.

7. Ante quién hay que proponer estas causas, ya se impugnen las obligaciones del Orden, ya su validez.

8. Qué Tribunal conoce,generalmente, cuando hay defecto sustancial y cuando se apela.

9. Quién y como entiende si la causa ha de conocerse disciplinariamente.

10. Quién puede acusar la validez del Orden.

11. Quién puede pedir la nulidad de las obligaciones inherentes al Orden

12. Cuándo y cómo ha de ser suspendido el clérigo.

13. Práctica de la Sagrada Congregación. (p.153)

APÉNDICES

APÉNDICE PRIMERO:

Formularios de una causa de divorcio y de otra de nulidad de matrimonio, según uso de las Curias, antes de la aplicación del Codex, y conforme a la práctica actualmente vigente en el privilegiado Tribunal de la Rota Española. (p.59)

APÉNDICE SEGUNDO:

Formulario de una causa de nulidad de matrimonio, según uso de las Curias, después de la aplicación del Codex. (p.201)

APÉNDICE TERCERO:

Competencia de jurisdicción fallada por la Rota Española. (p.210)

APÉNDICE CUARTO:

Rota Española.-Recurso de queja. (p.219)

APÉNDICE QUINTO:

Rota Española.- Recurso de fuerza en conocer. (p.228)

APÉNDICE SEXTO:

Rota Española.-Incidente sobre ejecución de una sentencia. (p.236)

APÉNDICE SÉPTIMO:

Rota Española. -Nulidad de matrimonio. (p.245)

APÉNDICE OCTAVO:

Breve de Pío XI concediendo privilegios a los auditores de la Rota. (p.260)

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