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Autor: Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados municipales, El
Título: Manual de desamortización civil y eclesiástica..
Formato: 1 volumen
Páginas: 1010
ISBN: 978-84-96012-18-9
Precio: 65.72 Eur.
El tema de la desamortización se ha relacionado principalmente con los bienes eclesiásticos, ignorando a veces, que también hubo un proceso similar con bienes estatales y municipales. Todo aquel complicado proceso generó un amplio repertorio legislativo y reglamentario de dificil ordenación. La mayor parte de aquél cuerpo normativo queda recogido en este manual.
Obra de referencia durante años para aquellos asuntos que concernían a las desamortizaciones tanto civiles como religiosas, acopia la legislación más importante aparecida hasta el año 1895. El título completo reza:
"Manual de desamortización civil y eclesiástica repertorio de las leyes, instrucciones, reales decretos, órdenes y circulares dictadas desde 1º de Mayo de 1855 hasta 1895 sobre desamortización y venta de los bienes del Estado, clero, corporaciones religiosas y civiles y propios de los pueblos; redención de censos; capellanías, etc, precedidas de una introducción expositiva; de la ley de 1830; de la de mostrencos de 1835, y del Concordato celebrado con la Santa Sede en 16 de Marzo de 1851 y seguidas de la jurisprudencia sentada en las incidencias más importantes del ramo, recopiladas, concordadas y anotadas por la redacción de [sic] el Consultor de los ayuntamientos y los juzgados municipales."
ÍNDICE GENERAL CRONOLÓGICO
AL LECTOR. (p.5).
INTRODUCCIÓN
I.-De la amortización y de la desamortización. (p.11).
II. -Bienes nacionales en general. (p.18).
III.-Bienes eclesiásticos, de comunidades, etc. (p.19).
IV.-Bienes de propios y comunes. (p.21).
V.-Bienes del Patrimonio de la Corona. (p.27).
VT.-Bienes de beneficencia. (p.29).
SECCION DE LEGISLACIÓN
1820
Ley de 11 de Octubre; supresión de vinculaciones. (p.33).
1835
Ley de 9 de Mayo sobre adquisiciones de bienes á nombre del Estado y supresión del Juzgado de mostrencos. (p.36).
1837
Ley de 31 de Mayo declarando en estado de redención todas las cargas ó rentas exigidas con título de foro, enfiteusis ó arrendamientos de fecha anterior al año 1800.(p.38).
R. 0. de 31 de Mayo suprimiendo las Juntas ó Ayuntamientos generales de Universidades de tierras. (p. 39).
1841
Ley de 2 de Septiembre. (p.40).
1843
Orden de 14 de Febrero: que los instrumentos públicos pertenecientes á los bienes del Estado sean registrados y tomada razón en los oficios de hipotecas. (p. 40).
1851
Concordato de 16 de Marzo, promulgado como ley en 17 de Octubre siguiente. (p.41).
1855
Ley de 1.º de Mayo: decretando la desamortización general civil y eclesiástica. (p.53).
R. D. de 15 de Mayo creando la Dirección general de Ventas de bienes nacionales. (p.59).
R.O. de 29 de Mayo: productos de bienes de propios. (p.59).
Circular de 30 de Mayo: bienes nacionales. (p.59).
Instrucción de 31 de Mayo para el cumplimiento de la ley de desamortización de 1.º del mismo mes. (p.59).
Orden circular de 1.º de Junio dictando algunas disposiciones para evitar abusos en los bienes ó fincas del Estado. (p.102).
Circular de 4 de Junio: conservación de montes. (p.103).
Circular de 16 de Junio. Sobre las ventajas que ofrecen la redención de los censos y el perdón de los atrasos. (p.103).
Circular de 17 de Junio: venta de fincas. (p.106).
Circular de 20 de Junio: aclaraciones al art. 41 de la instrucción de 31 de Mayo. (p.106).
R.O. de 30 de Junio: inteligencia que debe darse á la instrucción de 31 de Mayo en lo relativo á la cobranza de debitos procedentes de rentas y ventas de bienes nacionales. (p.106).
Instrucción de contabilidad para el ramo de bienes nacionales de fecha 30 de Junio. (p.107).
R.O. de 10 de Julio sobre entrega de los bienes del Clero por medio de los inventarios originales, y de otras relaciones que se expresan. (p.134).
R.O. de 13 de Julio. Derechos que deberán satisfacer los compradores de bienes nacionales por las actuaciones de las subastas. (p.134).
Ley de 14 de Julio; emisión de 230 millones de reales en billetes del Tesoro, aplicables al pago de bienes nacionales y redención de censos y foros. (p.136).
R.O. de 19 de Julio regularizando los procedimientos para la incautación de los bienes del Clero. (p.136).
R.O. de 21 de Julio. Cobro de plazos vencidos. (p.137).
Circular de 24 de Julio. Modo de instruir los expedientes á que se refiere el art. 100 de la Real instrucción de 31 de Mayo. (p.137).
R.O. de 26 de Julio: recibos del anticipo de 230 millones. (p.138).
R.O. de 26 de Julio: certificaciones de cumplimiento de cargas eclesiásticas. (p.138).
Circular de 28 de Julio: relaciones de ingresos por ventas. (p.138).
Circular de 28 de Julio: que los Comisionados remitan á la Dirección una relación de los expedientes que se instruyan para las ventas, con arreglo al adjunto modelo. (p.138).
Circular de 28 de Julio: cartas de pago del anticipo de 230 millones
R.O. de 28 de Julio; remates de fincas del Clero y de encomiendas militares, anteriores á la nueva legislación. (p.139).
Circular de 6 de Agosto; remisión de estados mensuales de los predios rústicos y urbanos que se enajenen ó rediman y redacción de los pagarés que con tal concepto han de suscribir los interesados. (p.140).
Circular de 7 de Agosto; formación de inventarios de fincas, censos y foros. (p.143).
Circular de 8 de Agosto: cartas de pago del anticipo de 230 millones. (p.143).
Circular de 9 de Agosto. Enajenación de fincas nacionales que tengan servidumbres. (p.143).
Circular de 15 de Agosto. Modo de instruir los expedientes de redención de censos. (p.143).
Circular de 19 de Agosto acerca de la administracion de las rentas del Clero. (p.144).
Circular de 28 de Agosto sobre redención de censos y foros á favor de los propios. (p.146).
R.O. de 3 de Septiembre. Clase de papel en que deben extenderse los pagarés para pagos de fincas y censos de bienes nacionales. (p.147).
R.O. de 4 de Septiembre. Que corresponde al Administrador de Contribuciones, en ausencia del Gobernador, conocer de lo referente á la incautacion de los bienes nacionales. (p.147).
Circular de 6 de Septiembre: redención de censos. (p.148).
R.O. de 10 de Septiembre: premios de los Comisionados de ventas. (p.148).
R.O. de 10 de Septiembre sobre el premio que deben percibir los Comisionados de ventas. (p.148).
Circular de 10 de Septiembre relativa á los réditos de los censos. (p.148).
R.D. de 13 de Septiembre declarando en estado de venta y redención las fincas y censos de la obra pía de los Santos Lugares de Jerusalen. (p.148).
R.O. de 15 de Septiembre: subastas en Canarias. (p.149).
Circular de 21 de Septiembre sobre abono del 5 por 100 á los compradores que anticipen plazos. (p 149).
R.O. de 22 de Septiembre. A quién alcanza el derecho que por el art. 231 de la instrucción de 31 de Mayo se concede á los arrendatarios anteriores al año 1800. (p.149).
R.O. de 27 de Septiembre: que la Dirección general de Ventas pueda conceder la conmutación á metalico de las rentas que deben cobrarse en frutos. (p.150).
R. O. de 27 de Septiembre: arriendos de fincas de beneficencia. (p.150).
Circular de 27 de Septiembre; sobre abono de premios á los Comisionados de ventas de bienes nacionales. (p.150).
Circular de 27 de Septiembre: forma en que deben entregarse á los interesados las escrituras de imposición de censos. (p.161).
R.O. de 4 de Octubre: plazos de las subastas en las islas Canarias. (p.151).
R.O. de 5 de Octubre acerca de la condonación de los atrasos por réditos de censos. (p.152).
Circular de 9 de Octubre: ventas de fincas del Clero. (p.152).
Circular de 12 de Octubre: tipo que ha de servir de base para la capitalización de las fincas que participen de los dos caracteres de urbanas y rústicas. (p.153).
R.O. de 14 de Octubre. Sobre derechos por subastas de bienes nacionales. (p.153).
Circular de 18 de Octubre: Juntas provinciales de ventas. (p.153).
R. D. de 26 de Octubre clasificando los montes y bosques para los efectos de su venta. (p.154).
R.O. de 11 de Noviembre: premio de ventas. (p.155).
R.O. de 13 de Noviembre: billetes del anticipo en pago de bienes nacionales. (p.156).
R.O. de 14 de Noviembre: excepción de oratorios públicos. (p.156).
R.O. de 14 de Noviembre: Comisionados subalternos de ventas. (p.156).
R.O. de 21 de Noviembre: rentas de bienes del Clero. (p.156).
R.O. de 21 de Noviembre: gastos de expedientes para exceptuar fincas de aprovechamiemto común. (p.156).
R.O. de 27 de Noviembre acerca de la inversión del 80 por 100 del producto en venta de los bienes de propios. (p.156).
R.O. de 27 de Noviembre: rentas de bienes del Clero. (p.157).
Circular de 27 de Noviembre: cuentas de bienes nacionales. (p.157).
Circular de 28 de Noviembre: expedientes en los Juzgados de Hacienda. (p.157).
R.O. de 6 de Diciembre; que ínterin se adoptaba otro sistema en los repartimientos de la contribución territorial, quedase en suspenso el art. 51 de la instrucción de 31 de Mayo. (p.157).
R.O. de 16 de Diciembre sobre notas de los bienes nacionales que se han revertido á determinadas familias. (p.158).
Ley de 21 de Diciembre; excepción de la dehesa de los Carabancheles. (p.158).
R.O. de 23 de Diciembre: papel en que debe reintegrarse el invertido en los expedientes de subastas de bienes nacionales. (p.158).
R.O. de 24 de Diciembre: sobre emisión de inscripciones por las cantidades á que ascienda la venta de bienes nacionales. (p.159).
Circular de 27 de Diciembre: que los funcionarios que entiendan en las subastas de las fincas, en ningún caso exijan más derechos que los marcados en los arts. 192 y 194 de la instrucción de 31 de Mayo. (p. 159).
Circular de 29 de Diciembre: que los funcionarios que intervienen en la enajenación de los bienes nacionales se ajusten en todo á lo que está prevenido por la instrucción, etc. (p.160).
1856
R.O. de 2 de Enero: premios de Comisionados de ventas. (p.160). Instrucción de 2 de Enero, para los Investigadores de bienes desamortizables. (p.160).
R.O. de 3 de Enero: forma de expresarse la cabida por los tasador es. (p.163).
Circular de 4 de Enero: cartas de pago del anticipo de 230 millones. (p.164).
Circular de 5 de Enero dictando diaposiciones para el cumplimiento de la instrucción de 2 de Enero anterior. (p.164).
Circular de 11 de Enero: capellanías. (p.164).
R.O. de 14 de Enero. Que los bienes de los Seminarios conciliares sean considerados como pertenecientes á instrucción pública. (p.165).
Circular de 14 de Enero. Reglas para el cumplimiento de la Real orden de 2 del mismo sobre premios á los Comisionados de bienes nacionales. (p.165).
R.O. de 14 de Enero; Juez ante quien deben otorgarse las escrituras de venta de bienes nacionales. (p.166).
R.O. de 15 de Enero. Derechos que los redimistas de censos deben satisfacer por las escrituras. (p.166).
R.O. de 15 de Enero: partícipes legos en diezmos. (p.167).
R.O. de 18 de Enero: ampliando el art. 221 de la instrucción de 31 de Mayo de 1855 relativo á censos. (p.167).
Circular de 22 de Enero: Escribanos que actúen en subastas. (p.168).
Circular de 25 de Enero. Cómo se ha de entender el art . 245 de la instrucción de 31 de Mayo. (p.168).
R.O. de 1.º de Febrero: fincas divisibles. (p.168).
Circular de 5 de Febrero: entrega de los títulos primordiales de las fincas á los compradores. (p.169).
R.O. de 8 de Febrero: venta de bienes nacionales. (p.169).
Circular de 13 de Febrero: compradores de bienes del Clero. (p.169).
Circular de 16 de Febrero. Quién debe abonar las diferencias que resulten en las subastas de fincas rematadas en quiebra. (p.169).
Circular de 21 de Febrero aclarando una R .O. de 6 de Diciembre anterior sobre pago de contribuciones y rentas por los llevadores de fincas del Estado. (p.170).
R.O. de 21 de Febrero: tasaciones de fincas. (p.170).
R.O. de 23 de Febrero derogando el art. 215 de la instrucción de 31 de Mayo. (p.170).
R.O. de 25 de Febrero; disposiciones para asegurar las rentas de los establecimientos de beneficencia. (p.171).
Circular de 25 de Febrero. Sobre demolición de edificios de bienes nacionales que se crea amenazan ruina. (p.172).
Circular de 26 de Febrero. Sobre bienes de monjas, pendientes de excepción. (p.172).
R D. de 27 de Febrero declarando en estado de venta los montes y bosques del Estado y de los pueblos, que no reunan ciertas condiciones para ser exceptuados. (p.172).
Ley de 27 de Febrero, aclaratoria de la de desamortización de 1.º de Mayo de 1855, en lo referente á la redención de censos. (p.173).
Circular de 28 de Febrero: títulos de fincas de Corporaciones. (p.176).
Ley de 5 de Marzo. Cómo ha de aplicarse el producto de las fortificaciones y edificios militares que se vendan por inútiles. (p.177).
R.O. de 5 de Marzo. Sobre garantías de los que se presenten á hacer posturas como apoderados de otros. (p.177).
R. O. de 6 de Marzo. Disposiciones para la clasificación de los montes y venta de los destinados á la enajenación.(p.178).
R. O. de 11de Marzo. Capital que ha de servir de tipo para la clase de papel en que han de extenderse las escrituras de redención de censos. (p. 181).
R.O. de 13 de Marzo; forma en que los Ayuntamientos han de pedir la autorización para aplicar el 80 por 100 de propios á obras de utilidad local, etc. (p.182).
Orden de 18 de Marzo: excepciones de los huertos anejos á las casas de los Curas párrocos. (p.182).
Circular de 8 de Abril: capitalización de arrendamientos antiguos. (p.183).
R. D. de 16 de Abril estableciendo Administraciones de bienes nacionales en las capitales de todas las provincias é islas adyacentes. (p.184).
Instrucción de 16 de Abril, ampliando las de 31 de Mayo y 30 de Junio de 1855 y las disposiciones de la de 27 de Febrero de 1856. (p.185).
Circular de 22 de Abril: nuevos Administradores de bienes nacionales. (p.191).
Ley de 30 de Abril. Caducidad de los arrendamientos de predios rústicos ó fincas urbanas, fabricas y artefactos que sean enajenados. (p. 191).
R. O. de 5 de Mayo. Disposiciones para cuando se crea preciso nombrar empleados temporeros que auxilien los trabajos relativos á la desamortización. (p.192).
Circular de 8 de Mayo: prevenciones á los Administradores de bienes nacionales. (p.192).
Circular de 8 de Mayo: activando la desamortización. (p.192).
R.O. de 17 de Mayo: Fijando los extremos á que deben limitarse los dictámenes ó informes de los Fiscales de Hacienda en lo relativo á desamortización. (p.193).
Ley de 26 de Mayo sobre redención de todas las cargas que graven la propiedad, bien sean espirituales ó temporales, etc. (p. 193).
R.O. de 2 de Junio; qué anuncios de ventas han de insertarse en los de las provincias. (p.196).
R.O. de 2 de Junio. Sobre venta de fincas pertenecientes al ramo de Guerra. (p.196).
R.O. de 10 de Junio. Dictando aclaraciones á la instrucción de 31 de Mayo de 1855 sobre Investigadores y aplicación que deben tener las fincas de que por denuncia ó investigación se incaute la Hacienda. (p.196).
Circular de 10 de Junio: censo de instrucción pública y beneficencia. (p.200).
R.O. de 12 de Junio. Fianzas interinas en metalico ó efectos publicos de los Administradores principales de bienes nacionales. (p.200).
Ley de 15 de Junio: sobre capellanías colativas. (p.201).
R.O. de 20 de Junio: billetes del anticipo de 230 millones. (p.203)
R.O. de 23 de Junio: Administraciones subalternas de bienes nacionales. (p.203).
Circular de 23 de Junio, dictando disposiciones sobre el estado ó nota del resultado de las subastas de fincas que se celebren cada día. (p.203)
R.O. de 28 de Junio: supresión de las Comisiones investigadoras. (p.204)
Circular de 30 de Junio: informes de las Administraciones de bienes. (p.204).
R.O. de 4 de Julio: premios de Comisionados. (p.204).
Circular de 4 de Julio; disposiciones para la seguridad en la aplicación de los arts. 6º y 7º de la R.O. de 10 de Junio anterior sobre presentación de relaciones de bienes. (p.204).
R.O. de 5 de Julio: disposiciones para evitar el otorgamiento de escrituras de venta de predios rústicos y urbanos, censos y foros, en favor de las Corporaciones cuyos bienes están mandados desamortizar. (p.205).
Instrucción de 8 de Julio para el cumplimiento de la ley de 23 de Mayo sobre redención de cargas espirituales y temporales. (p.205).
R.O. de 10 de Julio: forma en que se han de abonar los intereses á los compradores de bienes nacionales que anticipen plazos, etc. (p.208).
Ley de 11 de Julio reformando algunas disposiciones de la de 1.º de Mayo de 1855: excepción de las dehesas boyales. (p.209).
Instrucción de 11 de Julio para llevar á efecto la anterior ley de Desamortización sancionada en el mismo día. (p.214).
Orden de 14 de Julio: activando la desamortización. (p.224).
Circular de 20 de Julio sobre incautación de papeles y archivos del Clero. (p.224).
Circular de 24 de Julio sobre venta de los terrenos que en concepto de huertos pertenecen á los Curas párrocos de las provincias de Galicia y Asturias. (p.225).
R.O. de 26 de Julio sobre reclamaciones de dominio útil y directo de redención por los arrendatarios de fincas, etc. (p.225).
R.O. de 7 de Agosto modificando lo dispuesto por la de 12 de Junio anterior sobre fianzas de los Administradores principales de bienes nacionales. (p.226).
Circular de 16 de Agosto referente al abono del 5 por 100 de interés á los redimistas de censos por el anticipo de plazos. (p.226).
R. 0. de 18 de Agosto: prorroga de plazo para redención de censos. (p.227).
Circular de 27 de Agosto. Que los anuncios de subastas se redacten uniformes y con arreglo á las instrucciones de 31 de Mayo de 1855 y 11 de Julio de 1856. (p.227).
R.O. de 31 de Agosto. Que las dobles ó triples subastas principien en todas las localidades en que hayan de celebrarse a las doce de la mañana. (p. 230).
R.O. de 31 de Agosto. Curso de los expedientes para la suspensión de ventas y recursos contra las resoluciones gubernativas dictadas en los expedientes de excepción. (p.230).
R.O. de 10 de Septiembre. Ingreso de los cuatro reales que debe satisfacer cada comprador, con arreglo á lo prevenido en la R.O. de 16 de Julio de 1855. (p.231).
Circular de 18 de Septiembre: redención de arrendamientos antiguos. (p.232).
R. D. de 23 de Septiembre suspendiendo la venta de los bienes del Clero secular. (p.232).
Circular de 24 de Septiembre sobre cumplimiento del art. 24 de la Real instrucción de 11 de Julio anterior sobre liquidación de lo que á cada pueblo ó Corporación corresponda en metalico y pagarés á plazo, procedentes de las ventas de sus fincas y redenciones de sus censos. (p.232).
R.O. de 11 de Octubre: dispuso la publicación de algunos documentos y estados, entre otros los referentes á desamortización. (p.235).
R.D. de 13 de Octubre dejando sin efecto todas las disposiciones contrarias a lo convenido en el Concordato celebrado con la Santa Sede en 1851. (p.236).
R.O. de 14 de Octubre suspendiendo la ejecución de la ley de Desamortización de 1º de Mayo de 1855. (p.235).
R.O. de 12 de Noviembre: disposiciones para la ejecución de los Rs. Ds. de 23 de Septiembre y 14 de Octubre anteriores. (p.236).
Circular de 28 de Noviembre: venta de granos de las paneras del Estado. (p.237).
R. D. de 28 de Noviembre, suspendiendo los efectos del de 6 de Febrero de 1855, que restableció la ley de 19 de Agosto de 1841 sobre capellanías colativas. (p.237).
Circular de 16 de Diciembre. Sobre demandas de adjudicación al Estado de los bienes denunciados como mostrencos. (p.237).
R. D. de 30 de Diciembre, suspendiendo el cumplimiento de la ley de 23 de Mayo anterior sobre redención de cargas espirituales y temporales. (p.238).
R.O. de 31 de Diciembre: que los premios del 5 por 100 por anticipo de plazos se abonen á medida que se presenten los compradores á descontar los pagarés. (p.241).
1857
R.O. de 7 de Enero. Sobre abono de honorarios á los Arquitectos, Agrimensores y Peritos por las tasaciones de bienes nacionales. (p.241).
R.O.de 20 de Enero, sobre suspensión de la redención de cargas espirituales. (p.242).
R.O. de 11 de Febrero. Ordenando la liquidación de varios secuestros. (p.243).
R.O. de 15 de Febrero dando reglas para la formalización de las cuentas de los Tesoreros; certificaciones de valores de partícipes legos en diezmos. (p.243).
R.O. de 24 de Marzo: forma de sustituir el cargo de patronos y testamentarios de memorias y obras pías, cuando recayere en individuos de comunidades religiosas suprimidas. (p.244).
R.O. de 31 de Marzo, dando reglas sobre participación de los Comisionados é Investigadores en los premios. (p.245).
R.O. de 2 de Abril sobre centralización de la cuenta y razón del fondo de Corporaciones civiles en las oficinas de la Administración provincial. (p.246).
Circular de 8 de Junio sobre entrega de los intereses de las ventas de sus bienes á Corporaciones civiles. (p.248).
Circular de 13 de Julio: que no se admitan como metálico á los compradores las escrituras hipotecarias de sus créditos. (p.249).
R.O. de 7 de Agosto: que se uniforme el pago del 4 por 100 del producto de la venta de los bienes de propios. (p.251).
R.O. de 28 de Agosto. Cómo se han de formalizar los cupos que se adeuden por contribuciones de 1os bienes del Estado, Clero y secuestros. (p.252).
R. O. de 29 de Agosto; disposiciones para la conservación de los montes. (p.252).
R. D . de 30 de Septiembre, disponiendo que se forme inventario de todas las propiedades inmuebles y riqueza mueble á cargo de la Hacienda pública. (p.254).
Circular de 30 de Septiembre: modo de dotar á las Corporaciones y personas que fueron privadas de parte ó del todo de las rentas que les producían sus bienes desamortizados. (p.255).
Circular de 1.º de Octubre dictando más disposiciones para el mejor cumplimiento de la anterior orden. (p.258).
Orden de 14 de Noviembre: dehesas y encomiendas del Estado. (p.259)
R.O. de 18 de Noviembre: suspensión de la desamortización. (p.259).
1858
R.O. de 20 de Enero estableciendo la Dirección general de Propiedades y Derechos del Estado. (p.259).
R.O. de 13 de Febrero: fincas productoras de sal y de salitre. (p.260).
Circular de 16 de Febrero: quién debe disponer de los edificios del Estado destinados á oficinas públicas. (p. 260)
R.O. de 28 de Febrero, relativa á las Administraciones de propiedades y derechos del Estado en Canarias. (p.260).
R.O. de 26 de Abril sobre premios á los Comisionados de ventas. (p.261).
R.O. de 12 de Mayo é instrucción para las liquidaciones de los capitales y expedición de las inscripciones á las Corporaciones civiles por sus bienes y censos desamortizados. (p.261).
R.O. de 12 de Mayo: ultimación de expedientes de subastas. (p.276).
R.O. de 12 de Mayo; sobre aprobación de las redenciones de censos procedentes de bienes del Estado, secuestro de D. Carlos y Corporaciones civiles. (p.276).
R.O. de 20 de Mayo sobre indemnizaciones á los compradores de bienes nacionales por las cargas con que resulten gravadas las fincas que hubiesen rematado en concepto de libres. (p.276).
R.O. de 17 de Junio: relaciones de edificios destinados al servicio del Estado. (p.277).
Circular de 1.º de Octubre dictando disposiciones para la formación de los presupuestos mensuales de obligaciones. (p.277).
R. D. de 2 de Octubre restableciendo en todo su vigor, por lo referente á los bienes pertenecientes á manos muertas de carácter civil, las leyes de 1.º de Mayo de 1855 y 11 de Julio de 1856. (p.278).
R.O. de 8 de Octubre, ordenando la publicación del Boletín oficial de Ventas de bienes nacionales. (p.279).
R.O. de 8 de Octubre, sobre retasación de las fincas que ya lo estaban antes del decreto de 14 de Octubre de 1856. (p.280).
R.O. de 18 de Octubre: cómo se han de satisfacer los premios de investigación ó denuncia de bienes cuya enajenación estuvo suspendida. (p.280).
Circular de 25 de Octubre. Disposiciones para la ejecución del R. D. de 2 del mismo sobre desamortización y venta de bienes nacionales. (p.281).
R.O. de 3 de Noviembre: forma en que ha de subastarse la publicación de los Boletines oficiales de Ventas. (p.284).
R.O. de 18 de Diciembre: por quien se han de enviar los anuncios de ventas de fincas nacionales á los Alcaldes de los pueblos donde radiquen. (p.288).
R.O. de 20 de Diciembre: sobre pago de los derechos de tasaciones que los Comisionados y Administradores de propiedades y derechos del Estado deben anticipar á los Arquitectos y Agrimensores. (p.288).
R.O. de 23 de Diciembre: que los bienes pertenecientes á los Seminarios conciliares son eclesiásticos. (p.289).
1859
Circular de 3 de Enero, dando instrucciones para saldar los débitos pendientes por arrendamientos de fincas y réditos de censos. (p.290).
R.O. de 13 de Enero concediendo el plazo de un mes á los rematantes de bienes nacionales, no adjudicados en virtud del decreto de 14 de Octubre de 1856, para que renuncien o no á la subasta. (p.296).
R.O. de 14 de Enero sobre montes del Estado. (p.296).
R.O. de 9 de Febrero sobre pago de derecho de hipotecas por la sucesión de los bienes vendidos por el Estado. (p.297).
R.O. de 10 de Febrero: forma en que se ha de verificar la enajenación de las fincas y propiedades del ramo de Guerra. (p.297).
Circular de 10 de Febrero, referente á la entrega á las Corporaciones civiles de una anualidad de la renta de sus bienes enajenados. (p.298).
Circular de 15 de Febrero, disponiendo que las Corporaciones y establecimientos civiles nombren persona que preste su conformidad en las liquidaciones de sus capitales por bienes desamortizados. (p.300).
R.D. de 16 de Febrero, relativo á la venta de montes del Estado, de los pueblos y de los establecimientos públicos. (p.300).
R.O. de 17 de Febrero dando reglas para la debida ejecución del anterior R.D. del 16, sobre venta de montes. (p.301).
R.O. de 28 de Febrero: disposiciones para evitar el extravío de expedientes de liquidación de créditos que se remitan á provincias. (p.305).
Ley de 11 de Marzo sobre redención y venta de los censos, treudos, foros, etc., pertenecientes al Estado y manos muertas de carácter civil. (p.305).
Circular de 16 de Marzo: advertencias para la ejecución de la anterior ley del 11 sobre censos. (p.307).
Ley de 1.º de Abril, concediendo al Gobierno créditos extraordinarios y disponiendo la emisión de inscripciones intransferibles del 3 por 100 á las Corporaciones civiles. (p.308).
Circular de 5 de Abril: liquidación á las Corporaciones civiles. (p.311).
Circular de 28 de Abril: licencias á los Comisionados é Investigadores. (p.311).
Circular de 28 de Abril dando traslado de una R.O. de 5 del mismo sobre la parte de que pueden disponer los pueblos por la venta de sus bienes. (p.311).
Circular de 30 de Abril: sobre pago de los derechos de tasación, reintegro de papel sellado y otros. (p.314).
R.O. de 3 de Mayo: que las cargas que pesan sobre la propiedad particular con destino á misas, sufragios, etc., no están sujetas á la desamortización. (p.314).
Circular de 7 de Mayo: disposiciones referentes á la clasificación general de los montes públicos. (p.314).
Circular de 11 de Mayo. Subdivisión de fincas. (p.316).
R.O. de 8 de Junio sobre suspensión de ventas de fincas después de anunciada la subasta. (p.316).
R.D. de 12 de Junio suprimiendo las Comisarías de montes y los distritos forestales. (p.317).
R.O. de 14 de Junio fijando las diligencias que han de cumplirse, aprobadas que sean las ventas de fincas del Estado, etc. (p.317).
R.O. de 17 de Junio: sobre pago de derechos de hipotecas por las adquisiciones de bienes á favor de los establecimientos de beneficencia. (p.318).
R.O. de 20 de Junio: sobre abono al Clero de los reditos vencidos y no satisfechos durante la época que el Estado estuvo en posesión de sus bienes por la ley de 2 de Septiembre de 1841. (p.316).
R.O. de 1.º de Julio. Disposiciones para facilitar las ventas de montes. (p.319).
Real orden é instrucción de 1.º de Julio para la indemnizacion á las Corporaciones civiles por sus bienes enajenados. (p.319).
Circular de 11 de Julio: estados de liquidaciones de 1857, 1858 y 1859. (p.343).
R.O. de 22 de Julio fijando bases para la subdivisión de las fincas que se desamorticen. (p.343).
Circular de 26 de Julio sobre cesiones de fincas rematadas. (p.343).
R.D. de 28 de Julio declarando propiedad del Estado el monte llamado de la Cuestión, cedido por Francia por el Tratado de límites. (p.344).
R.O. de 6 de Agosto sobre pago de rentas á las Corporaciones civiles por sus bienes vendidos. (p.344).
R.O. de 8 de Agosto: excepciones de montes. (p.346).
Convenio de 25 de Agosto con la Santa Sede sobre desamortización eclesiástica. (p.346).
R.O. de 13 de Septiembre fijando las reglas á que deberán atenerse los Ayuntamientos para la conversión y venta de las inscripciones de 1os pueblos. (p.346).
R.O. de 21 de Septiembre. Derechos de tasación que han de abonar los compradores de fincas rústicas de bienes nacionales.
R.O. de 25 de Octubre, sobre notificación á los compradores de fincas y aplicación de la responsabilidad que marca la ley. (p.352).
Circular de 27 de Octubre: liquidaciones del Clero. (p.352).
Ley de 4 de Noviembre, autorizando al Gobierno para concluir un Convenio con la Santa Sede sobre conmutación de bienes del Clero.(p.352).
R.O. de 10 de Noviembre: que no se pongan obstáculos á los rematantes de bienes nacionales para la toma de posesión. (p.353).
Circular de 13 de Diciembre sobre los expedientes de cargas de justicia. (p.353).
R.O. de 13 de Diciembre: disposiciones aclaratorias sobre desamortización de los montes. (p.364).
R.O. de 15 de Diciembre fijando reglas para la ejecución de las órdenes vigentes sobre venta de los montes desamortizables. (p.355).
R.O. de 22 de Diciembre: obligaciones de compradores. (p.357).
1860
R.O. de 7 de Enero: como han de abonarse los créditos procedentes de imposiciones por préstamos sobre las fincas de Corporaciones civiles que se enajenen. (p.357).
R.O. de 4 de Febrero aclarando y armonizando la circular de 13 de Diciembre anterior y la R.O. del 15 del mismo sobre enajenación de montes, y señalando reglas para las subastas. (p.357).
R.O. de 18 de Febrero: disposiciones para evitar que tomen parte en las subastas de bienes nacionales compradores fraudulentos o notoriamente insolventes. (p.360).
Circular de 20 de Febrero sobre liquidaciones de cargas de las fincas de mayor cuantía rematadas en Madrid. (p.360).
R.O. de 15 de Marzo: deslindes de montes del Estado. (p.361).
R.O. de 4 de Abril: disposiciones sobre indemnización a las Corporaciones civiles por el producto de sus bienes enajenados. (p.362).
Ley de 4 de Abril publicando y mandando observar el Convenio celebrado con la Santa Sede en 25 de Agosto y ratificado en 7 y 24 de Noviembre de 1859. (p.363).
R.O. de 11 de Abril: que no admitan los Juzgados demandas contra la Administración ni particulares en asuntos relativos á la desamortización, sin que se acredite haber apurado la vía gubernativa. (p.367).
R.O. de 14 de Abril sobre reconocimiento y abono de créditos existentes contra las comunidades religiosas. (p.367).
R.O. de 17 de Abril. Dotes de Religiosas. (p.368).
R.O. de 27 de Abril: que no há lugar á las demandas de tanteo ó retracto en las ventas de bienes del Estado. (p.368).
R.O. de 3 de Mayo: disposiciones para el reconocimiento, liquidación y rebaja de las cargas y créditos hipotecarios sobre bienes comprendidos en la desamortización. (p.359).
R.O. de 17 de .Mayo: premios de investigacion. (p.370).
Circular de 18 de Mayo sobre indemnización á las Corporaciones civiles por sus bienes enajenados. (p.371).
R.O. de 21 de Mayo, disponiendo se vendieran los censos cuya redención no hubiesen pedido los censatarios. (p.372).
Circular de 25 de Mayo: reglas para el cumplimiento de la anterior R.O. del 21. (p.372).
R.O. de 4 de Julio: que las cargas á favor del Clero sobre fincas desamortizadas no son rebajables del importe de su venta. (p.373).
R.O. de 30 de Julio sobre exención del impuesto hipotecario en cuanto á las adjudicaciones de bienes inmuebles desamortizados. (p.373).
R.O. de 1.º de Agosto sobre prorrateos de rentas. (p.374).
Circular de 3 de Agosto, acerca del abono del 5 por 100 por anticipo de plazos. (p.374).
Circular de 4 de Agosto, cómo se han de instruir los expedientes de excepción de fincas. (p.375).
R.O. de 10 de Agosto. Sustitución de los patronos de memorias y obras pias. (p.376).
R.D. de 21 de Agosto dando reglas para la ejecución del Convenio celebrado con la Santa Sede en 25 de Agosto de 1859, promulgado en 4 de Abril de 1860. (p.377).
Circular de 29 de Agosto: para cumpIimicnto del anterior Real decreto. (p.380).
R.O. de 2 de Octubre sobre consignación y pago de intereses de las inscripciones á favor de los establecimientos de beneficencia.(p.380).
R.O. de 16 de Octubre: cómo se han de hacer los pagos por censos redimidos. (p.380).
R.O de 16 de Octubre: exención del derecho de hipotecas. (p.381).
R.O. de 12 de Noviembre: sobre capitalización de las fincas sujetas á permutación con arreglo al Concordato. (p.381).
R.O. de 20 de Noviembre: bienes del Clero que han de considerarse permutables. (p.382).
R.O. de 26 de Noviembre: cantidades dadas de más como indemnización de diezmos comprados en remate público. (p.382).
R.O. de 7 de Diciembre: que se hallan exceptuados del pago del 20 por 100 los créditos ó capitales que se reconozcan y abonen á los pueblos por las acciones del Banco Español que pertenecieron á propios. (p.383).
R.O. de 8 de Diciembre relativa á los bienes de Encomiendas de San Juan de Jerusalén. (p.383).
R. O. de 19 de Diciembre: canje de pagarés de bienes nacionales. (p.384).
R.O. de 24 de Diciembre. Arrendamientos anteriores al año 1.800; expedientes para obtener el dominio útil. (p.384).
1861
R.O. de 31 de Enero: disposiciones sobre subastas. (p.386).
Circular de 15 de Febrero: reglas para el gobierno de los peritos y con objeto de impedir las incidencias de ventas de bienes nacionales. (p.386).
Circular de 19 de Febrero sobre entrega de inscripciones á las Corporaciones y particulares por sus bienes desamortizados. (p.387).
R.O. de 15 de Marzo ordenando se entregue á las Corporaciones civiles los intereses devengados por ventas hasta fin de 1860. (p.388).
R.O. de 21 de Marzo sobre apreciación de las rentas que se paguen en especies por arrendamientos anteriores á 1800. (p.389).
Ley de 7 de Abril sobre enajenacidn de los bienes de la Iglesia permutados en virtud del Convenio de 1859. (p.389).
R.O. de 10 de Abril. Cómo se ha de procecier cuando se hayan anunciado subastas de bienes nacionales con equivocaciones ó errores esenciales. (p.391).
Circular de 27 de Abril. Reglas para la devolucion de pagarés equivocados de compradores de bienes nacionales y su canje por otros.(p.392).
R.O. de 3 de Mayo: venta de fincas cuya excepción fuese denegada. (p.392).
Circular de 16 de Mayo: intereses de Corporaciones civiles por el año 1858. (p.393).
R.O. de 21 de Mayo sobre premios á los Investigadores de bienes nacionales. (p.393).
R.O. de 22 de Mayo sobre nuevas subastas en quiebra por falta de pago de plazos. (p.393).
R.O. de 5 de Junio: abonos por los compradores cuando el dominio directo no pertenece al Estado ni á Corporaciones. (p.394).
R.O. 6 de Junio: disposiciones para la ejecución de las leyes de desamortización en Navarra. (p.394).
R.O. de 27 de Junio sobre devolución de cantidades abonadas por los compradores y redimentes de bienes nacionales, cuando se anulen las ventas y redenciones. (p.395).
Circular de 5 de Julio sobre bienes y fundaciones de beneficencia. (p.396).
R.O. de 6 de Julio: expedientes de excepción de capellanias familiares. (p.397).
R.O. de 13 de Julio: intereses á Corporaciones civiles. (p.398).
R.O. de 24 de Julio: primeras subastas sin postor. (p.398).
R.O. de 27 de Julio: anulaciones de ventas y de redenciones. (p.398).
R.O. de 17 de Septiembre sobre redención ó enajenación de censos pertenecientes á Pósitos. (p.398).
Circular de 8 de Octubre: demandas sobre incidentes de la desamortización. (p.400).
Circular de16 de octubre: venta de fincas divididas en suertes. (p.400).
R.O. de 13 de Noviembre sobre puntualidad en el pago de las fincas en ajenadas; extravío de expedientes de subastas, etc. (p.400).
R.O. de 12 de Diciembre sobre desamortización en las provincias Vascongadas y Navarra. (p.400).
1862
R.O. de 11 de Enero: entrega á los Diocesanos de las inscripciones intransferibles en equivalencia de los bienes del Clero. (p.401).
Circular de 17 de Enero reiterando la orden de que se remitan notas semanales del estado que ofrezca la redención de censos. (p.401).
R.O. de 20 de Enero: sobre desamortización en las provincias Vascongadas. (p.402).
Real decreto y orden de 22 de Enero dictando disposiciones sobre desamortización de los montes. (p.404).
R.O. de 13 de Febrero: sobre posesión á los compradores de fincas nacionales. (p.406).
R.O de 1º de Marzo: expedientes de diezmos. (p.407).
R.O. de 7 de Marzo denegando la excepción de parte de un monte por ser terreno labrantío. (p.407).
Circular de 1.º de Abril: excepciones de monte alto y de dehesas boyales. (p.407).
R.O. de 8 de Abril: que no se confundan en unas mismas fincas las excepciones á favor del monte alto y de las dehesas boyales. (p.408).
R.O. de 12 de Abril: sobre el catálogo de montes exceptuados. (p.408)
R.O. de 14 de Abril: fincas divididas en suertes. (p.408).
R.O. de 3 de Mayo: revocación de excepciones: dehesas boyales. (p.408).
Circular de 14 de Mayo: terrenos de aprovechamiento común y dehesa boyal. (p.408).
R.O. de 28 de Mayo sobre subastas de los bienes del Clero que se dejaron eñ suspenso por R.D. de 23 de Septiembre de 1856. (p.409).
Circular de 20 de Junio sobre redenciones de censos. (p.409).
R.O. de 4 de Julio sobre reintegro del premio del cuartillo por ciento de comisión cuando se anulen las ventas. (p.410).
R.O. de 11 de Julio: cómo se ha de verificar la venta de solares de casas arruinadas que carecen de dueño conocido. (p.410).
R.D. de 18 de Julio: desamortización de los bienes y censos de las suprimidas Ordenes religiosas de la isla de Cuba. (p.411).
Circular de 19 de Julio: cómo se han de nombrar los peritos que midan y clasifiquen los terrenos cuya excepción soliciten
los Ayuntamientos como de aprovechamiento común. (p.413).
R.O. de 27 de Agosto: aclaraciones á la de 3 de Mayo de 1859
sobre redención de cargas espirituales. (p.414).
R.O. de 3 de Septiembre: disposiciones aclaratorias sobre subastas de fincas declaradas en quiebra. (p.415).
Circular de 9 de Septiembre, sobre formación de expedientes de excepción de bienes de aprovechamiento común o dehesas boyales. (p.417).
Circular de 11 de Septiembre: solicitudes de excepciones por aprovechamiento común. (p.417).
R.O. de 14 de Septiembre: casas parroquiales. (p.417).
R.O. de 22 de Septiembre: forma de indemnizar al Estado del valor de las inscripciones emitidas á favor de los establecimientos de beneficencia é instrucción pública por fincas enajenadas que después se declaran en quiebra. (p.417).
Circular de 22 de Septiembre: tasación de terrenos para los Ayuntamientos. (p.418).
R.O. de 22 de Septiembre. Nulidad de las ventas de montes verificadas contraviniendo á la legislación que rigió hasta 22 de Enero de1862. (p.418).
R.O. de 30 de Septiembre: que los Investigadores de bienes nacionales pueden hacer postura en las subastas. (p.419).
Circular de 2 de Octubre: fijando terminantemente reglas y disposiciones para los expedientes de excepcíon de bienes de aprovechamiento común y dehesas boyales. (p.420).
Circular de 9 de Octubre sobre anuncios de subastas de heredades comprensivas de varias tierras no contiguas, sitas en un mismo término. (p.426).
R.O. de 18 de Octubre: resolviendo que el dominio directo sobre las fincas de propios no está sujeto á la subrogación prescripta en la ley de 11 de Julio de 1856 y R.O. de 3 de Mayo de 1860. (p.427).
R.O. de 22 de Octubre: cómo ha de fijarse la renta para los efectos de las subastas á las fincas improductivas ó edificios arruinados de los establecimientos de beneficencia é instrucción. (p.429).
R.O. de 30 de Octubre: modifica los arts. 147, 150, 151 y 152 de la instrucción de 31 de Mayo de 1855 sobre fianzas de compradores de montes y arbolado. (p.429).
Circular de 20 de Noviembre: venta de bienes del Clero. (p.430).
R.O. de 27 de Noviembre: sobre permutación de los bienes del Clero. (p.431).
R.O. de 20 de Diciembre: Investigadores. (p.431).
R.O. de 24 de Diciembre: que el Estado puede optar entre la indemnización o la nulidad de la venta de las fincas en que hayan ocurrido desperfectos después de tasadas y antes de la toma de posesión por el comprador. (p.431).
1863
Circular de 27 de Febrero: fianzas de los compradores de montes. (p.432).
R.O. de 10 de Marzo: conversión y liquidación de créditos de hermandades y cofradías. (p.432).
Circular de 12 de Marzo sobre pagos por intereses de bienes procedentes de Corporaciones civiles. (p.432).
Circular de 20 de Marzo sobre ventas de fincas en quiebra por falta de pago. (p.433).
R.O. de 18 de Mayo sobre honorarios por las actuaciones judiciales en los expedientes de venta de fincas. (p.433).
Ley de 24 de Mayo sobre clasificacion y venta de los montes. (p.434).
Circular de 30 de Mayo: como se ha de sustituir la medida pericial cuando se trate de bienes de aprovechamiento común. (p.436).
R.O. de 8 de Junio: que se admitan en fianza del arbolado de las fincas vendidas, las acciones del Canal de Isabel II y las de ferrocarriles. (p.436).
R.O. de 11 de Junio aclarando otra de 18 de Octubre de 1862 sobre ventas de tierras sujetas al dominio directo. (p.437).
R.O. de 16 de Junio: compradores declarados en quiebra. (p.438).
R.O. de 18 de Junio derogando otra de 23 de Febrero de 1856, y poniendo en vigor la de 10 de Septiembre de 1855 sobre tasación de fincas. (p.438).
R.O. de 20 de Junio: inscripción en el Registro de la propiedad de los bienes y derechos del Estado, Corporaciones civiles y Clero. (p.440).
Circular de 28 de Julio sobre denuncias de fincas de mostrencos. (p.441).
Circular de 25 de Agosto: subastas en quiebra. Tipo regulador. (p.442).
R.O. de 10 de Septiembre: pagarés de bienes nacionales. (p.442).
Circular de 20 de Septiembre: bienes declarados en quiebra. (p.443).
R.O. de 19 de Octubre. Modo de abonar el 5 por 100 á los compradores y redimentes por nulidad de remates de fincas y redención de censos. (p.443).
R.O. de 11 de Noviembre: reclamaciones por exceso ó falta de cabida en las fincas enajenadas por el Estado: Cuándo serán nulas las ventas. (p.443).
R.O. de 29 de Diciembre: que se inscriban en el Registro de la propiedad los bienes inmuebles y derechos reales del Estado y Corporaciones civiles que no estén exceptuados de la desamortización. (p.444).
1864
Circular de 9 de Enero: cuestiones por anulación de ventas, indemnizaciones, etc. (p.451).
R.O. de 14 de Enero sobre abono por los Ayuntamientos de los gastos de tasación de fincas que se declaren de aprovechamiento común. (p.452).
R.D. de 26 de Febrero: anticipos de plazos de bienes nacionales. (p.452).
Circular de 18 de Abril: qué derechos han de percibir los peritos que tasen fincas cuya cabida sea menor de una fanega. (p.452).
R.O. de 30 de Abril: expedientes de arrendamiento; pago por el comprador. (p.453).
R.O. de 30 de Abril: que en las quiebras de fincas cedidas, la Hacienda sólo puede repetir contra el primitivo comprador que firmó los pagares y no contra los cesionarios. (p.453).
Circular de 3 de Mayo: aclaraciones sobre la cantidad que ha de servir de tipo para las segundas subastas en quiebra. (p.454).
R.O. de 24 de Mayo: retasa de fincas del Clero. (p.455).
Circular de 13 de Junio sobre extremos relacionados con la contribucion territorial de bienes nacionales. (p.455).
R.O. de 14 de Junio: disposiciones sobre cesiones de partes de una finca después de rematada. (p.456).
Ley de 17 de Junio: sobre cesión de parcelas ó pequeños terrenos sobrantes. (p.457).
Circular de 18 de Junio sobre informaciones judiciales en los expedientes de excepciones de fincas. (p.457).
R.O. de 16 de Agosto: Administradores subalternos de bienes nacionales. (p.458).
R.O. de 22 de Agosto: excepciones de los arbolados existentes en montes y tierras, que deben exceptuarse como de aprovechamiento común ó dehesas boyales. (p.458).
Circular de 31 de Agosto: apeos y tasaciones de fincas desamortizables. (p.459).
Circular de 11 de Octubre: certificaciones de fincas vendidas y no vendidas. (p.459).
R. D. de 11 de Noviembre ampliando las disposiciones del de 6 de Noviembre de 1863 sobre inscripcion en el Registro de la propiedad de los bienes del Estado y Corporaciones civiles. (p.459).
R.O. de 11 de Noviembre sobre inscripciones de establecimientos benéficos. (p.462).
Circular de 7 de Diciembre: notificaciones de adjudicación de ventas. (p.463).
1865
R.O. de 8 de Enero. Que están exceptuadas de la desamortización las laminas de la Deuda que representen bienes dotales de fundaciones piadosas. (p.463).
R.O. de 12 de Enero dictando disposiciones para que los compradores de fincas antes de la ley de 1.º de Mayo de 1855, á quienes no se hubiese hecho saber la adjudicación, soliciten la revalidación de los remates. (p.464).
R.O. de 30 de Enero sobre reclamaciones del dominio útil por arrendamientos anteriores á 1800. (p.465).
Circular de la Dirección general de Administración local, de 31 de Enero, sobre la forma en que los Ayuntamientos deben nombrar apoderados para recoger las inscripciones intransferibles ú otros efectos de la Deuda pública, negociar los títulos, cobrar cupones ó intereses á metálico, etc. (p.465).
R.O. de 6 de Febrero: que por los Notarios y Archiveros se faciliten á los Investigadores las copias, testimonios y certificaciones que soliciten de los documentos que aquellos custodien. (p.466).
Real orden é instrucción de 20 de Marzo para la ejecución de la ley de parcelas de 17 de Junio de 1864. (p.467).
Ley de 12 de Mayo, fijando los bienes que habían de formar el Patrimonio de la Corona y ordenando la venta de los demás á favor del Estado. (p.469).
Reglamento de 17 de Mayo para la ejecución de la ley de Montes públicos de 24 de Mayo de 1863. (p.473).
Reglamento de 20 de Junio para la ejecución de la ley de 12 de Mayo anterior sobre desamortización de bienes del Real Patrimonio. (p.473).
Circular de 20 de Junio: obligaciones de compradores de bienes nacionales. (p.473).
Circular de la Dirección general de Administración local de 7 de Julio señalando la tarifa de retribuciones que los Ayuntamientos pueden asignar á los apoderados que nombren, conforme á la de 31 de Enero anterior, para recoger y negociar valores del Estado. (p.473).
R.D. de 10 de Julio dictando nuevas disposiciones sobre excepciones de dehesas boyales y terrenos de aprovechamiento común; plazos para las reclamaciones por consecuencia de ventas de fincas hechas por el Estado; legitimación de roturaciones arbitrarias, etc. (p.474).
Circular de 27 de Julio: reglas para la devolución de plazos en los casos de anulación de ventas de bienes desamortizados. (p.478).
R.O. de 27 de Julio: que no se abonen intereses por el capital de mejoras hechas por el comprador en fincas cuyo remate sea anulado. (p.480).
R.O. de 21 de Agosto, disponiendo la enajenación de los bienes de patronatos particulares existentes en poder de manos muertas. (480).
R.O. de 24 de Agosto: expedientes de excepción á favor de los Ayuntamientos. (p.481).
R.O. de 6 de Octubre sobre suspensión de la venta de varias fincas hasta la terminación del recurso contencioso entablado contra la Real orden que negó su excepcion. (p.481)
R.O. de 19 de Octubre sobre devolución al Tesoro de los pagarés de compradores de bienes nacionales que el Banco no hiciese efectivo á sus vencimientos. (p.482).
R.O. de 7 de Noviembre sobre pago de la contribución territorial por las dehesas boyales de aprovechamiento común de los pueblos. (p. 483).
Circular de 30 de Noviembre sobre rebajas en pagares ú obligaciones pendientes de pago de fincas vendidas. (p. 484).
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